SOS por Usaquén: Carta abierta a la alcaldesa Claudia López

SOS por Usaquén: Carta abierta a la alcaldesa Claudia López

Diferentes colectivos solicitan a la alcaldesa interceder por la carencia de servicios públicos que sufren 4 barrios de la localidad de Usaquen en plena pandemia

Por: Lina García Sierra
junio 11, 2020
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.
SOS por Usaquén: Carta abierta a la alcaldesa Claudia López

En el marco del nuevo contrato social y ambiental de la Bogotá del Siglo XXI no pueden existir barrios sin cobertura de servicios públicos domiciliarios escenciales, mucho menos es imaginable o aceptable que hayan zonas urbanas en las que el derecho fundamental de acceso al agua sea un privilegio.

Desafortudamente Alcaldesa, esa es la realidad de los sectores más altos del codito en Usaquén, en donde los barrios en proceso de normalización no son acreedores de servicios públicos y en medio de la pandemia donde las medidas sanitarias son indispensables para salvar vidas, las personas que allí habitan no tienen la posibilidad de lavarse las manos, hidratarse o lavar sus pertenencias como lo indican las recomendaciones de prevención al contagio del COVID19.

La vida de quienes habitan Villas de la Capilla, Lomitas I, La Capilla y Lomitas II también importan. Hoy ante los miles de obstáculos administrativos y jurídicos que afronta la ciudadanía de estos barrios para acceder al agua y cuando tal servicio marca la diferencia entre el cuidado o el contagio, acudimos a usted Alcaldesa Claudia López para pedirle que intervenga de forma urgente y en acción articulada con todas las entidades que tengan competencia para que la solidaridad que caracteriza a Bogotá en estos días, también garantice el acceso al agua de los más necesitados.

 

Miércoles 11 de junio de 2020

CLAUDIA LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa
Alcaldía Mayor de Bogotá
[email protected]

 

Ref. Llamado a la protección de los derechos fundamentales al acceso al agua potable, a la vida y a la salud de habitantes de la ciudad de Bogotá en los barrios Villas de la Capilla, Lomitas I, La Capilla y Lomitas II

Respetada Alcaldesa,

La pandemia por propagación de COVID-19 ha puesto a prueba nuestro modelo de ciudad, dejando en evidencia los retos descomunales que debe enfrentar una sociedad inequitativa y desigual al momento de proteger la vida humana. En esta oportunidad, saludamos los esfuerzos de su administración por contener esta crisis, y hacemos un llamado a que escuche las voces de los/as bogotanos/as habitantes de los barrios Villas de la Capilla, Lomitas I, La Capilla y Lomitas II, quienes atraviesan esta difícil situación sin acceso a agua potable.

El propósito de este escrito es pedir su intervención como Alcaldesa Mayor de Bogotá, comprometida con la vida y la dignidad de todos y todas en esta ciudad, para que se garantice de forma oportuna, continua, accesible y sin discriminación el derecho humano al agua potable de todas las personas que habitan los sectores mencionados.

La situación de estos barrios es precaria. Aunque hace más de 20 años sus habitantes han permanecido en el territorio de manera pacífica, nunca se les ha garantizado el mínimo vital de agua, menos un sistema de acueducto y alcantarillado, dificultando así su desarrollo humano digno. Esta situación histórica de empobrecimiento e invisibilización aumenta, de manera dramática, su vulnerabilidad ante la COVID-19. En la actualidad, debido al aislamiento y el aumento del desempleo, no pueden pagar los carrotanques que llevan el agua potable, que era la manera tradicional como hacían frente a esta forma de abandono.

En ese escenario es imposible cumplir con las medidas de prevención, lo cual pone en peligro la salud y la vida de las y los bogotanos que allí habitan. Están en riesgo niños y niñas, personas de la tercera edad o en situación de discapacidad, entre otros sujetos de especial protección. Al respecto, la invitamos a leer el artículo publicado por Mutante.Org el 28 de abril de 2020 en El Espectador[1].

Un solo caso de COVID que llegue al sector puede significar una tragedia, sin contar con que la falta de agua y de medidas de cuidado son también una amenaza para los demás bogotanos, pues algunas personas son trabajadoras y trabajadores esenciales: prestan servicios de aseo, transporte, vigilancia, entre otros, circulando a diario por las distintas localidades de la ciudad.

Este caso fue informado al Distrito de Bogotá el 20 de marzo de 2020 mediante un derecho de petición. No se obtuvo respuesta del gobierno distrital, solo un oficio de la Empresa de Acueducto que informaba la imposibilidad de suministrar agua potable por tratarse de una zona fuera del perímetro urbano. Ese mismo día el Ministerio de Vivienda expidió el Decreto 441 de 2020, que ordena: “excepcionalmente, en aquellos sitios en donde no sea posible asegurar el acceso a agua potable mediante la prestación del servicio público de acueducto y/o los esquemas diferenciales, los municipios y distritos deberán garantizarlo a través de medios alternos de aprovisionamiento”.

Ante la falta de respuesta, una lideresa solicitó el amparo de los derechos al acceso al agua potable, la salud y la vida, de su familia y los demás miembros de su comunidad. La tutela fue conocida por la Jueza 10 Civil Municipal del Circuito de Bogotá, quien en fallo del 11 de mayo de 2020, reconoció el acceso al agua potable como una necesidad básica, un elemento indispensable para la existencia humana y un derecho fundamental. En dicho escrito destacó que “la actora y su núcleo familiar son titulares del derecho fundamental al agua como cualquier otro ciudadano colombiano, y en tanto derecho humano, es universal y debe garantizarse sin discriminación”.

Además de lo anterior, la Jueza constató que la vulneración de derechos fundamentales es consecuencia del incumplimiento de obligaciones de la Alcaldía Mayor de Bogotá. Por lo tanto, le ordenó que en su calidad de garante de la prestación efectiva de los servicios públicos, suministre en forma continua el agua potable a la accionante. (anexo 1).

Aunque la jueza solo amparó los derechos de la accionante, todos los y las habitantes de estos barrios están en la misma situación de vulnerabilidad. No se debe olvidar que mientras los estratos 1 y 2 en Bogotá han recibido un alivio económico por parte del Acueducto, estas familias carecen de esa posibilidad al no ser suscriptores del servicio. En ese sentido, el suministro de agua potable también materializará su derecho a la igualdad en relación con la demás población bogotana.

Por intermedio de las organizaciones firmantes, estas personas en situación de vulnerabilidad acuden directamente a usted para que tome medidas en su favor, ordenando el suministro de agua potable a través del envío periódico de carrotanques, o del medio alterno de aprovisionamiento que considere más viable. Lo anterior, porque la Alcaldía Mayor de Bogotá es la entidad competente y obligada a garantizar el acceso a agua potable a los lugares que no cuenta con suministro, por el mandato constitucional (artículo 365 y 366 C.P.), el artículo 2° de la Ley 142 de 1994, y de manera especial por lo dispuesto en el Decreto 441 de 2020.

Le pedimos Alcaldesa que no los obligue a buscar la protección por medio del juez constitucional, pues debido al número de habitantes del sector (aproximadamente 400 familias), una tutela colectiva o múltiples tutelas individuales generarían una sobrecarga del aparato judicial, y le exige mucho a una comunidad que ya está teniendo suficientes problemas para afrontar esta crisis.

Consideramos fundamental que este acercamiento sea el inicio de un proceso de diálogo abierto, incluyente y deliberativo sobre la garantía efectiva y sin condicionamientos del derecho humano al agua y al saneamiento en los barrios objeto de la presente y en general, en nuestra Ciudad. Como colectivo proponemos la creación de ese espacio de diálogo, reiteramos nuestra voluntad de articulación y coordinación.

Para tener contacto directo con la comunidad se pueden comunicar con la lideresa Patricia Puentes al celular 3202589864. También le solicitamos dar respuesta al correo electrónico escuelajurí[email protected].

Agradecemos mucho su atención y disposición, y esperamos que con esta acción se materialice su compromiso con un nuevo contrato social y ambiental para Bogotá, para hacer una ciudad más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente.

Se suscriben las siguientes organizaciones y personas firmantes:

 

 

Comité de agua Barrio la Capilla, Localidad de Usaquén, Bogotá.
Escuela Jurídica Popular ESPORA
Mauricio Madrigal Pérez, Director de la Clínica Jurídica Medio Ambiente y Salud Pública -
Universidad de Los Andes
Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo -CAJAR-
Grupo de Investigación en Derechos Colectivos y Ambientales -GIDCA-
Colectivo Vamos por los derechos
Lina Milena García Sierra, Edilesa Usaquén Partido Verde.

[1] Ver: https://www.elespectador.com/noticias/nacional/como-exigir-los-desconectados-que-se-laven-las-manos-articulo-916993

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