¿Qué significa desescalar el conflicto armado?

¿Qué significa desescalar el conflicto armado?

El experto Carlos Medina Gallego explica de que se trata

Por:
diciembre 03, 2014
¿Qué significa desescalar el conflicto armado?

Mucho antes de la captura del General Rubén Darío Álzate y sus acompañantes se viene reclamando desde distintos sectores de la sociedad civil, los movimientos sociales y políticos, las redes ciudadanas por la paz, una parte muy significativa de las víctimas del conflicto armado y por las mismas FARC-EP, un cese bilateral al fuego, al cual el gobierno ha hecho caso omiso o ha señalado, en voz del presidente Juan Manuel Santos, que los ceses bilaterales han sido utilizados por las FARC-EP, para tomar aire, fortalecerse y retomar la iniciativa militar.

El incidente del General ha colocado con mayor énfasis la dificultad de seguir negociando en medio del conflicto y ha hecho más sonoro el reclamo de cese bilateral, como una muestra más del avance de las conversaciones de La Habana. Las FARC en varias ocasiones en los dos últimos años han hecho ceses unilaterales y es de esperar que para este fin de año nuevamente le den al país una navidad sin guerra, como también debe esperarse que las fuerzas militares sigan cumpliendo con su responsabilidad constitucional, sin agredir los territorios y sus poblaciones.

No es fácil para el gobierno, con la oposición que tiene el proceso, llegar a un acuerdo de cese bilateral, seguramente los enemigos del mismo utilizarían toda su batería de argumentos para cuestionar una medida de esa naturaleza, llamarían a salvaguardar el honor militar y emprenderían como seguramente lo han pensado una conspiración para sacar al presidente que le aposto a la paz, por traición a la patria y quien sabe cuántos delirios más.

En mi concepto no es fácil, plantearse en este momento un cese bilateral, cuando el ELN no está en una mesa (también ha reclamado el cese al fuego), el neoparamilitarismo anda como Pedro por su casa, las Bandas criminales administran territorios y el narcotráfico continua vigoroso abasteciendo los mercados a sus consumidores. Me parece más pertinente la idea de avanzar en el desescalamiento del conflictoaspecto que deben tratar con urgencia en la subcomisión creada de militares activos y comandantes guerrilleros para abordar el tema de la finalización del conflicto y la dejación de armas. Resulta afortunado el hecho que al frente de la Comisión de Militares activos este el General Javier Florez, no solo porque es un General respetado y reconocido al interior de las fuerzas militares, sino, porque conoce la dinámica de la guerra y, sobre todo, tiene absolutamente claro, las urgencias y las necesidades del proceso de paz, en relación con el papel de los militares, sus seguridades, dignidades y honores. No va a entregar la institución y va a ayudar a construir la paz.

La idea de la posibilidad de desescalar el conflicto se mueve en ambas partes, varias veces el gobierno ha hecho referencia a esa posibilidad e igualmente las FARC-EP. La pregunta es: ¿En qué consistiría desescalar el conflicto?...

Desde mi percepción de académico que no entiende mucho de las minucias de la guerra, pero sí de las necesidades de los territorios, poblaciones, movimientos sociales y políticos y las victimas, desescalar el conflicto no sería otra cosa que las partes, decidieran de común acuerdo, dar cumplimiento estricto a las leyes de la guerra: al estatuto de combatientes, aplicación rigurosa del Derecho Internacional Humanitario y la salvaguarda y aplicación de los Derechos Humanos, entre otras posibilidades del derecho internacional, aplicado al contexto y realidades del conflicto armado colombiano.

Esto implicaría por ejemplo, para las dos partes, varios aspectos que me permito señalar de manera puntual, sin que estos se constituyan más que un referente:

o   Establecer una clara diferencia entre combatientes y no combatientes, entre combatientes y población civil, un compromiso de salvaguarda de la vida y los bienes de la población civil, la vida y la integridad de los combatientes que en medio de la confrontación queden en condiciones de indefensión, la no ejecución, ni practica de tortura y el reconocimiento pleno de sus derechos en las mejores condiciones posibles. No incurrir bajo ninguna circunstancia  en prácticas de torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

o   Hacer uso de la fuerza teniendo como criterios absoluta necesidad y proporcionalidad.

o   Disminuir en los territorios y poblaciones el uso desproporcionado de las armas convencionales (Bombardeos y ametrallamientos) y no convencionales (Cilindros, bombas o tatucos, minas) y no emplear métodos o medios de combate cuyos efectos no es posible limitar de conformidad con lo prescrito o que están proscritos de los usos y costumbres de la guerra. No  emplear métodos o medios de combate que no pueden dirigirse contra un objetivo militar concreto. Ni emplear métodos o medios de combate cuyos efectos no sea posible limitar.

o   No realizar  ataques indiscriminados, como parte de una estrategia de sembrar terror en la población civil. No hacer padecer hambre a las personas civiles como método de combate. Ni Atacar, destruir, sustraer o inutilizar los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil. Ni utilizar el bloqueo o el asedio como método de combate contra la población civil. No atacar las obras o instalaciones que contienen fuerzas peligrosas, a saber: las presas, los diques,  torres de energía eléctrica, gaseoductos.

o   Acordar procesos de desminado que afectan a la población civil y del uso de todo tipo de artefactos explosivos que pueden ocasionar muertes, lesiones físicas, mutilaciones o afectaciones de tipo mental, psicosocial y económicas a la población civil.

o   Suspender el ataque a la infraestructura estratégica del país. Frenar la toma violenta de poblaciones.

o   No ocupar escuelas, ni iglesias, ni hacer uso indebido de la misión medica. Ni incurrir en ocupación, destrucción, inutilización, o cualquier otra forma de causar daño a instituciones educativas, religiosas o de salud para destruir parcial o totalmente los lugares, causar  muertes o daño a la población civil y a funcionarios, o sembrar temor entre ellos. Igualmente no interferir en el normal funcionamiento de las instalaciones ni  utilizarlas como albergue o para hacer campañas y distribuir propaganda.

o   No incurrir en ejecuciones extrajudiciales, ni en detenciones-secuestro,  desapariciones, ni retenciones o capturas. No utilizar a retenidos como rehenes. Liberar a secuestrados sin condiciones y de manera inmediata, a prisioneros de guerra y a presos políticos que se encuentren en condiciones críticas de salud y que no representen ningún peligro para la sociedad.

o   Garantizar a presos políticos y a prisioneros de guerra el ejercicio de sus derechos. No mantenerlos incomunicados, aislados y en riesgo, ni incurrir en tratos crueles, inhumanos y degradantes.

o   Ofrecer todas las condiciones para que se garantice el debido proceso tomando en consideración aspectos como: Informar al acusado de los detalles de la infracción que se le atribuye. Garantizar al acusado, en las actuaciones que precedan al juicio y en el curso de éste, todos los derechos y medios de defensa necesarios. Condenarlo por una infracción con fundamentos distintos a los de la responsabilidad penal individual. Condenar a una persona por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueran delictivos según el derecho (terrorismo). Imponer al condenado una pena más grave que la aplicable en el momento de cometerse la infracción y con premeditación por su condición política o ideológica; Impedir que el condenado se beneficie de una pena más leve sí, con posterioridad a la comisión de la infracción, la ley la dispusiera. No presumir la inocencia de una persona acusada o presumir su culpabilidad sin pruebas recaudadas conforme a la ley. Impedir que la persona acusada se halle presente al momento de ser juzgada. Obligar a la persona acusada a declarar contra sí misma o a confesarse culpable.

o   No incurrir en prácticas de reclutamiento forzado de la población, ni de niños ni niñas y adolescentes (NNA). Sacar a los menores de las acciones militares. No utilizar NNA como combatientes, cocineros, vigías, mensajeros, espías o informantes o para propósitos sexuales. Esta violación  incluye la participación de NNA en actividades puntuales, como labores de inteligencia, independientemente de que hagan parte regular o no de un grupo armado o de las fuerzas armadas.

o   No involucrar a la población en la guerra (informantes), ni hostigarla para sacarle información sobre el enemigo.

 

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--