Por un subsidio a los arrendatarios de vivienda urbana y local comercial

Por un subsidio a los arrendatarios de vivienda urbana y local comercial

Los colombianos requerimos una subvención efectiva de parte del gobierno nacional para conjurar la crisis económica y social

Por: Miguel Santiago Pantoja León
mayo 08, 2020
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Por un subsidio a los arrendatarios de vivienda urbana y local comercial

Dada la segunda declaratoria de emergencia económica, social y ecológica, establecida el pasado 6 de mayo de 2020 mediante el Decreto 637 —que le otorga facultades extraordinarias al presidente para expedir decretos legislativos con fuerza de ley que permitan conjurar la crisis y evitar la expansión de los efectos económicos de la misma—, aprovecho este espacio para hacer un llamado al gobierno nacional en aras de buscar un salvavidas económico efectivo en el área de contratos de arrendamiento de vivienda urbana y local comercial.

Para nadie es un secreto que el pasado Decreto 579 del 2020 —mediante el cual se pretendía contrarrestar la crisis económica de los colombianos frente a los contratos arrendamiento— fue tímido, insípido y poco práctico. Lo anterior debido a que no se plantearon instrumentos de financiación, subsidios y créditos para el pago de los cánones, y herramientas para la suspensión de los contratos de arrendamiento, tanto para los arrendadores (propietarios) como para los arrendatarios (inquilinos). De este modo, en un momento de crisis, donde ambas partes han dejado de percibir ingresos por más de dos meses, se ha dejado a la gente a su suerte, sobre todo a la hora de llegar a acuerdos privados de pago, mecanismo que por más solidarios y comprensivos que seamos los colombianos no ayuda a detener la crisis sino que por el contrario la posterga en el tiempo.

Es por eso que se le solicita al gobierno nacional adoptar medidas que mitiguen la crisis económica de manera efectiva como lo han realizado otros países. Por ejemplo España, decretó subsidios a los arrendatarios que logren demostrar que han sufrido una disminución en sus ingresos mensuales producto de la pandemia y para los que el gasto del canon de arrendamiento corresponda al 35% de sus ingresos mensuales. De igual forma, otorgó líneas de crédito, irrigadas directamente por el gobierno sin intervención de la banca ordinaria, a un interés muy bajo y con un plazo de pago de hasta de 6 años.

Ahora bien, acá en Colombia, agremiaciones (como Asolonjas, Asobares, Acodes, Fenalco, Acodres, Acecolombia, entre otras) que reunen a las pequeñas y medianas empresas de diversos sectores económicos del país —las cuales materializan muchas de sus operaciones mediante contratos de arrendamiento— le han propuesto al gobierno condonar entre 50% y 100% del impuesto predial del año 2020 a los propietarios de bienes inmuebles destinados a alquiler, con la finalidad que dicho beneficio sea trasladado en su totalidad al arrendatario (inquilino) con la disminución efectiva de los canon de arrendamiento.

Es este el momento en que los colombianos requerimos una subvención efectiva de parte del gobierno nacional para conjurar la crisis económica y social que ha generado el incumplimiento en el pago de los cánones de arrendamiento, tanto de vivienda urbana como de local comercial.

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