Pandemia, el chivo expiatorio legislativo del actual gobierno: entre lo mítico y lo real

Pandemia, el chivo expiatorio legislativo del actual gobierno: entre lo mítico y lo real

Para alcanzar el anhelado consenso es necesario establecer una estrategia que dé garantía de ello... nada mejor que la confesión de un enemigo común

Por: Jhon Serna
julio 14, 2021
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Pandemia, el chivo expiatorio legislativo del actual gobierno: entre lo mítico y lo real
Foto: Leonel Cordero

Se sabe que existen diversos factores que han inquietado a la especie humana, así mismo, es factible observar cómo antiguas culturas dan cuenta de estas incógnitas; poniendo de relieve la estrategia de los seres humanos cuando no hallan respuesta, una amalgama, producto de su imaginación, brota para dar respuestas a aquello que en un principio se percibe oscuro y turbio; el mito se convierte en el elemento eficaz que permite comprender los asuntos del ser humano en relación con su entorno. Bien podría decirse que antaño era el método efectivo para comprender lo incomprensible, incluso pensar en dicha efectividad en la actualidad no solo resultaría absurdo, sino por demás, incluso hasta ridículo.

Qué sería aquello que más desearía un gobierno, lo más probable es que la respuesta a este interrogante se limite al hecho de pretender que las políticas establecidas por este sean asumidas sin el mayor bullicio posible; esto conduce a pensar que lo que pretendería un gobierno sería el acatamiento, la obediencia y la circunscripción a las medidas que cada gobierno asume o propone; tarea harto difícil cuando se habla de una democracia, pues tan silencioso acatamiento se ha de ver menguado por las exigencias y necesidades que caracterizan a un país como Colombia, marcado por una creciente desigualdad entre sus ciudadanos que pone de manifiesto cada vez  más la brecha existente entre los mismos. De modo que, para lograr alcanzar tan anhelado consenso, ha de ser necesario establecer una estrategia que dé garantía de ello, y nada mejor que la confesión de un enemigo común.

En la antigua Grecia, frente al fracaso de la Guerra del Peloponeso, fue necesario la búsqueda de un factor común en el cual se pudiese direccionar todo sentimiento de rabia, frustración y desilusión ante tal derrota, en este caso fue Sócrates hacia donde se dirigieron las miradas; como nos lo cuenta Platón de Apología a Sócrates. Así mismo, cabe resaltar como René Girard, en su obra el Chivo Expiatorio, inicia relatando esta especie de ensoñación del poeta Guillaume Machaut, quien cree haber presenciado cierta especie de macabro acto en el que se pretende establecer a los judíos como perpetradores del vil hecho de haber envenenado el agua, con ayuda, seguro, de algunos cristianos. Una eficaz mezcla entre la ficción y la realidad que de un modo u otro resultó ser la respuesta veraz para dar cuenta de los acontecimientos que trajo consigo la Peste Negra en el siglo XIV. Un enemigo en común o chivo expiatorio, como eficaz respuesta a las inmediatas necesidades de una sociedad que requiere de una pronta explicación de sus vicisitudes. La magia y la realidad se conjugan como el más preciado barbitúrico que revela el vaticinio de un aciago futuro y, a su vez, unificará criterio, creará consenso, pues al conocer la causa, el origen de los funestos acontecimientos es posible hallar una solución. O al menos es lo que se suele creer.

Hará bien, ha pasado poco más de un año, para el caso colombiano, en que nos vimos abocados a una suerte de situaciones que modificaron nuestras cotidianidades, un elemento nuevo y, por nuevo también extraño que no solo logró modificar nuestra "apacible existencia", sino que además de ello, amenazó nuestro bienestar y seguridad sobre todo en términos de salud; a su vez, la pandemia, con el pasar de los días, comenzó a poner de relieve una suerte de situaciones complejas, una crisis social, política y económica que se ha acrecentado con el pasar de los tiempos, sobre todo en tiempos de pandemia; baste con recordar las últimas manifestaciones que se llevaron a cabo durante el año 2019 y que el COVID-19 ratificó en el 2020.

Es en este punto en donde la ficción del mito, conjugado con una alta dosis de realidad se conjugan para armar todo un andamiaje político que ha servido para soslayar los problemas que acaecen a una sociedad que cada vez siente las inexactitudes de las políticas implementadas en los últimos veinte años de gobiernos —que en el fondo ha sido el mismo, solo que con distintos rostros—; y es que la pandemia es real, lo fantasioso ha sido el espectáculo y la parafernalia con que se ha manejado el problema (como lo recuerda el General Aureliano Buendía cuando llevaron al pueblo el primer cubo de hielo), para justificar la sarta de medidas que se han puesto en práctica en este último año. Y es que sobre el mito, como ya se sabe, deja ver dentro de su rasgo mágico profundas raíces que se ciñen a la realidad "(…) los mitos se arraigan necesariamente en violencias reales contra víctimas reales" (Girard, pág. 37). Esta mezcla de realidad y ficción en la que la pandemia se ha convertido en el "chivo expiatorio" que justifica las recientes medidas tomadas desde el gobierno y, que a la luz de ella, ha generado consenso que beneficia dicha legislación. Empero, esta legislación no es algo que surge de la nada, sino que se ha visto favorecida por una normatividad establecida desde el siglo XIX.

El estado de excepción, una figura legislativa que se da desde* la constitución de 1886 y le confiere un poder temporal al presidente en casos en el que se vea amenazada la seguridad de la nación, en el título VI (De la reunión y atribuciones del congreso), artículo 76: "Corresponde al Congreso hacer las leyes". Y en uno de los parágrafos afirma: "Revestir, pro tempore, al presidente de la República de precisas facultades extraordinarias, cuando la necesidad lo exija o las conveniencias públicas lo aconsejen". Posteriormente se encuentra en el título XI acerca de las funciones del presidente y el vicepresidente, artículo 118, el parágrafo 8 que dice: "dictar en los casos y con las formalidades prescritas en el artículo 121, decretos que tengan fuerza legislativa". Artículo que a su vez afirma, sobre el "Estado de Excepción" frente a una amenaza: "En los casos de guerra exterior o de conmoción interior, podrá el presidente, (…) declarar turbado el orden público y en estado de sitio toda la república", así mismo, más adelante continua: "(…) Las medidas extraordinarias o decretos de carácter provisional legislativo que, dentro de dichos límites, dicte el presidente, serán obligatorios siempre lleven la firma de todos los ministros" (Constitución de 1886, pág. 11). Pues bien, desde la misma legislatura se establecen parámetros especiales en los que un presidente, de acuerdo con las premuras del momento, posee la potestad de legislar por medio de decretos.

Figura legislativa que se recoge posteriormente en la Constitución de 1991, en su capítulo VI (De los Estados de Excepción), cuyo artículo 212 establece que: "(..) el gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para repeler la agresión, defender la soberanía, atender los requerimientos de la guerra y procurar el restablecimiento de la normalidad". Si bien el artículo 212 habla de casos de conflicto armado es el punto de partida para sustentar otras ocasiones en los que se pueda generar un estado de excepción; de acuerdo a como es mencionado en el artículo 215: "Cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el Presidente, con firma de todos los ministros, declarar Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año calendario" (Constitución Política de Colombia 1991, artículo 212, 215).

Por amor a la brevedad, señalaremos sucintamente la Ley 137 de 1994, "por la cual se regulan los estados de excepción en Colombia". Así, y teniendo como marco de referencia las leyes reseñadas anteriormente es que el gobierno del presidente Iván Duque Márquez el 6 de mayo de 2020 expide el Decreto 637, declarando el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con el objeto de contrarrestar las amenazas que representaba, a escala mundial, la pandemia.

Si bien Girard establece la idea del "chivo expiatorio" desde algunos "estereotipos de persecución", en el presente texto se entiende desde una óptica no muy lejana, la otra cara de la moneda, y es como esta idea funciona como estratagema que conduce a la creación de consenso; consenso generado desde parámetros normativos que deslindan en la legitimación de las políticas públicas de determinados gobiernos. Es decir, desde las más loables y efímeras fruslerías endulzadas por el bálsamo de sofisticados eufemismos se pretende la aceptación —que en otros contextos difícilmente lograrían siquiera ser escuchadas—; incluso, hoy somos testigos de la búsqueda de la implementación de una reforma tributaria propuesta desde mucho antes de iniciar la pandemia, ahora desde la argucia de la actual situación. Es así como bajo el pretexto del COVID-19, el proceso se invierte, se crea consenso a partir de la amenaza de la estabilidad social para legalizar, y de este modo, legitimar gracias a este nuevo "chivo expiatorio".

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