Los riesgos del control directo de los servicios públicos por parte del presidente

Los riesgos del control directo de los servicios públicos por parte del presidente

Un abogado analiza las implicaciones de la decisión de Gustavo Petro de retomar las facultades de administración y control de los servicios públicos

Por: Jonathan Javier Jiménez Quitián
enero 31, 2023
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Los riesgos del control directo de los servicios públicos por parte del presidente
Foto: Facebook Gustavo Petro

El anuncio en el que Gustavo Petro indicó que asumirá de forma directa las políticas generales de administración, control y eficiencia de los servicios públicos domiciliarios generó un nuevo debate en Colombia. Sin embargo, esto no es de sorprender, dado que desde el inicio de su gobierno el presidente anunciaba grandes cambios.

En principio, la decisión del gobierno tiene respaldo en la Constitución Política y en la Ley 142 de 1994 que establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios.

- En el artículo 370 de la carta política se establece de forma categórica que “corresponde al presidente señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten”.

- En la Ley 142 se indica que dicha función se ejercerá por medio de las comisiones de regulación, pero condiciona la delegación indicando: “Si decide delegarlas, en los términos de esta ley”.

Con base en lo anterior, se puede indicar que desde el punto de vista constitucional y normativo el presidente si está facultado para establecer las políticas generales de administración de los servicios públicos domiciliarios.

Ahora, lo importante es que dicha función se realice atendiendo los fines del Estado, los cuales están establecidos en la misma Constitución Política. De lo contrario, el control ejercido terminaría resultando contradictorio de la norma que lo legitimó.

Finalmente, es importante resaltar que la delegación que en su momento se entregó a las Comisiones de Regulación se realizó con el fin de que desde un organismo especializado se tomaran decisiones técnicas y objetivas.

Por lo tanto, el presidente tiene el reto de ejercer la función de regulación manteniendo una línea de decisiones técnicas, que dependerá, por supuesto, de los asesores que logre consolidar en un equipo de trabajo necesariamente especializado, técnico y con experiencia en el sector y en el mercado.

Por ahora, es prematuro anticiparse a establecer los efectos positivos o negativos de la medida, pues se está a la espera de los cambios de regulación que establezca el gobierno nacional. En ellos deberá ponderar la sostenibilidad financiera de las empresas de servicios públicos frente a la protección de los ciudadanos, especialmente en lo relativo al alza de precios que está afectando la canasta familiar y la capacidad de consumo de los colombianos.

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