Los otrosíes que causan curiosidad en el caso Triple A

Los otrosíes que causan curiosidad en el caso Triple A

"Ya es hora de una auditoría forense confiable, ojalá la justicia española revele las auditorías realizadas por ellos, seguro nos traerán algunas sorpresas"

Por: yul Brinnir illidge Amaya
mayo 23, 2018
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Los otrosíes que causan curiosidad en el caso Triple A
Foto: Caracol Radio

Mientras en Barranquilla se trata con tinta suave el tema Triple A para encubrir situaciones mayúsculas, en la Asamblea de Madrid ese tema es de discusión permanente por los intereses patrimoniales que representa, además de que es de conocimiento de los tribunales de justicia y de la sociedad madrileña, dado que no solo se discute las responsabilidades individuales de directivos respecto a los recursos públicos, sino que de manera preeminente se discute la violación de los derechos humanos realizada presuntamente por Canal Isabel II al contribuir con recursos públicos de la comunidad de Madrid a la privatización de una sociedad que presta el servicio de agua en América (para nuestro caso Triple A Barranquilla).

Al mirar las prioridades establecidas por el gobierno distrital en lo referente al caso Triple A ojalá no se pretenda que olvidemos y no tengamos acceso a la información completa de los comportamientos de los distintos gobernantes de la ciudad (incluido el actual), los entes de control local y nacional, así como del concejo municipal y distrital desde que se creó la sociedad de servicios públicos Triple A, para establecer sus responsabilidades.

En las prioridades establecidas por el actual alcalde Alejandro Char no se observa que se esté mirando situaciones que incluso fueron creadas por su propia administración, que de alguna manera constituyen piezas importantes en el oscuro entramado de corrupción en la que se ha visto envuelta la sociedad Triple A.

Cuando el alcalde Alejandro Char entró a gobernar en 2008, su pisada fuerte se hizo sentir en la revisión de las concesiones y distintos aspectos de la administración que podían calificarse como el retrovisor inquisitivo; siendo la más notoria la revisión que se hiciera al contrato de la empresa Métodos y Sistemas que recaudaba los impuestos del distrito de Barranquilla.

Hoy, por el volumen de recursos que maneja esa empresa, podemos asegurar que la principal concesión que existe en el distrito de Barranquilla es la de la Sociedad Triple A. S.A. E.S.P.

En lo que se refiere a la conducta del alcalde Char con respecto a la Sociedad Triple A puede afirmar que ha hecho revisiones y convenios puntuales en lo contractual, compartiré algunos datos:

En febrero 18 de 2002, el entonces alcalde Humberto Caiaffa Rivas celebró el contrato por medio del cual se comprometieron unos recursos destinados para el cumplimiento del pago del déficit que se genera entre los aportes solidarios de los suscriptores y/o usuarios de los estratos 5 y 6 y de los sectores comerciales e industriales y los subsidios a los usuarios de los estratos 1, 2 y 3 de los servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del Distrito de Barranquilla, los cuales tienen naturaleza de gasto público social, conforme lo establece el Acuerdo 013 de 2001, “por el cual se crea el Fondo de Solidaridad y Redistribución de ingresos FSRI del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla para los Servicios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo”.

Pasado el tiempo, los plazos se cumplieron y los pagos no se hicieron, fue en el gobierno del alcalde Hoenigsberg donde extrañamente todas las entidades de control, las públicas y privadas funcionaban; este mandatario se vio obligado a pactar unos nuevos plazos, montos y formas de pagos, los que se materializaron en dos otrosíes: el otrosí No. 1 del 28 de noviembre de 2006 y el otrosí N°2 del 9 de octubre de 2007, ambos al contrato celebrado el 18 de febrero de 2002, por el entonces alcalde Humberto Caiaffa.

Uno de los otrosíes acordó el pago que comprendería un porcentaje destinado a cubrir el déficit de subsidios insoluto por un valor a pesos corrientes actualizado a la fecha de su suscripción por valor de veintidós mil novecientos noventa y tres millones seiscientos cuarenta y nueve mil pesos ($22.993’649.000.oo) acumulado durante las vigencias 2002, 2003, 2004 y 2005.

El alcalde Char consideró que lo actuado por el alcalde Hoenigsberg no estaba conforme a derecho, en consecuencia hizo uso de lo que el determinó en su momento como un “ejército de abogados”; se fue a la batalla judicial, es así como solicitó el día 13 de noviembre de 2008 al Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Barranquilla la convocatoria de un tribunal de arbitramento para que resolviera las controversias surgidas con la Sociedad De Acueducto, Alcantarillado Y Aseo De Barranquilla S.A. E.S.P., Triple A, derivadas del otrosí N° 1 del 28 de noviembre de 2006 y del Otrosí N° 2 del 9 de octubre de 2007 al Contrato celebrado el 18 de febrero de 2002.

La acción emprendida por el alcalde redentor y su “ejército de abogados” dio los frutos perseguidos, el Tribunal de Arbitramento, por el cual se debió hacer una erogación por convocarlo, falló favorablemente las pretensiones del alcalde Char.

Como manifestara el conocido periodista Jorge Mariano Rodríguez en un artículo con título muy diciente (Cómo fue el verdadero “zarpazo” para la toma de la Triple A en Barranquilla), fue el 24 de marzo de 2010 cuando: …el Tribunal de Arbitramento le dio la razón al alcalde Alejandro Char y declaró nulas las citadas cláusulas invocadas de los otrosíes que configuraban un claro detrimento al Distrito de Barranquilla, liberando a la administración del pago de los $22.993 millones contemplados en esos actos administrativos y de los nuevos componentes señalados en los mismos.

Pero para rubricar la despiadada certeza y convicción del alcalde Char de hacer justicia, la disputa jurídica por la nulidad de los otrosíes tuvo como punto de llegada final el órgano de cierre contencioso que ratificó la decisión del Tribunal Administrativo al declarar que el fallo del arbitramento favorable al señor alcalde Char se ajustaba a derecho.

Sin embargo, como en la “viña del señor” hay de todo, el “zarpazo” al que creo se refiere el ilustre periodista Jorge Mariano vino después.

Al contrato de Caiffa que se le habían hecho los otrosíes 1 y 2 por parte de Hoenigsberg que fueron declarados nulos por gestión del “ejército de abogados”, se le hizo el otrosí N° 3 de fecha 15 de junio de 2011, en el cual el alcalde Char contrajo la siguiente obligación de pago:

El distrito, con cargo al rubro de regalías, se obligó a pagar no sólo los déficit de subsidios que se causen hacia el futuro, sino también la deuda de subsidios que el distrito tiene por este mismo concepto con Triple A de B/Quilla S.A. E.S.P. desde el 18 de febrero de 2002 a mayo de 2006, por valor de treinta mil millones de pesos M/L (30.000.000.000).

Recuerden que el otrosí N° 1 era de fecha 28 de noviembre de 2006 y contemplaba la deuda de 2002 a 2005 por veintidós mil novecientos noventa y tres millones seiscientos cuarenta y nueve mil pesos ($22.993’649.000.oo).

Quizá aquí hubo un “zarpazo”, pero la diferencia se aumenta dado que en el expediente del arbitramento fallado se puede leer con absoluta claridad que con cargo a los otrosíes 1 y 2 hubo pagos a esa deuda contraída.

No obstante que el Tribunal de Conciliación y la intención dudosa del “ejército de abogados” o mejor (la administración Char) trataron de desestimar esos pagos, seguramente la experticia de la exalcaldesa Elsa Margarita Noguera Carbonell podrá corroborarlos, dado que ella fue directora de la Fiduciaria la Previsora para el año 2007.

Se puede leer en el expediente lo siguiente:

“…la Previsora menciona que relaciona los pagos que se han efectuado en cumplimiento de las órdenes contenidas en los Otrosí No. 1 y No. 2 del Contrato del 18 de febrero de 2002 suscrito entre el Distrito y la Triple A, en los anexos No. 2 y 3 que reposan a folios 314 y 315…”

A estas alturas me pregunto pensando en el titular del periodista mariano: ¿Acaso hubo un “zarpazo” en esas sumas pagadas y no contabilizadas?, ¿por qué no fueron tenidas en cuenta en la deuda de esos períodos comprometidos a pagar?

El alcalde Char deja muchas dudas respecto de utilizar el aparato judicial en toda su extensión, pagar honorarios de árbitros y abogados externos, para luego terminar reconociendo una deuda con mayor valor y sin contabilizar algunos pagos hechos que fueron reconocidos por la Fiduciaria la Previsora como consta en el expediente del fallo arbitral.

Ya es hora de una auditoría forense confiable, ojalá la justicia española revele las auditorías realizadas por ellos, seguro nos traerán algunas sorpresas, dado que hasta ahora nadie se ruboriza con lo que ha sucedido por décadas y la administración actual ha dicho que su prioridad está en que el servicio sea de alta calidad y que la empresa no pierda valor.

No esperemos que la administración actual asuma la defensa del componente accionario del Distrito en la Triple A S.A. E.S.P., porque ellos saben que cuando tuvieron la oportunidad la malograron dolosamente.

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