Los estafados del Fondo Nacional del Ahorro

Los estafados del Fondo Nacional del Ahorro

"Miles de ahorradores se ven abocados a iniciar juicios civiles para que les entreguen las casas y apartamentos que ya pagaron"

Por: Álvaro Pacheco
febrero 16, 2016
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Los estafados del Fondo Nacional del Ahorro

El Fondo Nacional del Ahorro es un establecimiento público que tiene entre sus funciones aportar a las soluciones de vivienda de los colombianos. Miles de ellos firmamos contratos de compraventa e hipoteca a un plazo fijo de entre 15 y 20 años.

Con la crisis del UPAC, se expidió la ley 546 de 1999 en la cual exigía a los bancos que tenían créditos hipotecarios adoptar sistemas que no capitalizaran intereses, pero antes de hacerlo debían, como corresponde en cualquier contrato de mutuo, contar con el aval del deudor hipotecario.

Es bueno aclarar que el alegato del FNA no tiene nada que ver con adoptar uno de los sistemas sugeridos por la ley, sino con la consideración de la Junta Directiva según la cual la subida de las cuotas derivada de aplicar ese cambio iba a originar problemas de orden público.

Sin consultar con nadie, el Fondo Nacional del Ahorro decidió pasar los créditos a 30 años, conducta que ha sido reprochada por la Corte quien le ha dicho reiteradamente  que debe, en atención a los artículos 21 y 22 de la ley,  contar con el consentimiento del ahorrador. Para ello, debe explicarle todas y cada una de las alternativas que ofrece el cambio de la denominación del crédito en pesos y en caso de no ser aceptado dicho cambio, el crédito debe continuar como estaba.

Pero los funcionarios del FNA son más vivos que la Corte y cuando se interponen las tutelas le dicen al ahorrador que el crédito se ha devuelto al número de cuotas pactadas, pero como la tasa que aplicaron era más baja que la que se había estipulado, el ahorrador debe pagar una cuota adicional de contado equivalente a los años de exceso que el FNA negligente y abusivamente facturó. Es decir, transforman el contrato de uno de 216 cuotas a otro de 217, siendo ésta última de entre $15 y $30 millones, dependiendo de los años de diferencia del crédito equivalente a los 12 ó 15 años que el FNA viene facturando de más. Con el agravante que lo exigen en un sólo contado.

Y eso se hace independientemente de si el contrato y las garantías ya expiraron. Los abogados del FNA saben que, según el artículo 2457 del Código de procedimiento Civil “La hipoteca se extingue junto con la obligación principal, se extingue, además, por la llegada del día hasta el cual fue constituida. Y por la cancelación que el acreedor acordare por escritura pública “. Por lo tanto cobrar $15, $20 ó $30 millones por expedir un paz y salvo, es un abuso de confianza y una estafa, independientemente si la plata va al tesoro nacional, a las hermanitas de la caridad o a sus propios bolsillos.

También saben, porque aunque no lo parezca deben saber leer, que los contratos que el mismo FNA redactó, pusieron una triple condición:

1. Que el plazo era de 18 años ( 0 los que fueran) y 216 cuotas (el equivalente a multiplicar los años por doce)

2. Que el FNA podía modificar unilateralmente la tasa de interés del crédito cuando ciertas circunstancias lo ameritaran y si al tasa era menor a la pactada se aumentaba el valor de la deuda, pero y 3. Ese hecho o ninguna otra circunstancia podían modificar unilateralmente el plazo en años ni en cuotas. Es decir, que el aumento del crédito derivado de una tasa inferior a la pactada, se cobró dentro del plazo estipulado. No puede haber saldos después de cancelada la última cuota. Como tampoco hay garantías hipotecarias vigentes.

Esto dice el artículo 'H' del crédito 7920135406 “Parágrafo. El Fondo Nacional del Ahorro queda facultado expresa e irrevocablemente para modificar, por medio de acuerdo de la junta directiva, cuando las circunstancias económicas así lo aconsejen, la tasa de interés efectiva pactada en esta cláusula. Es entendido que dicha modificación implicará modificación en las cuotas de amortización, pero no producirá variación en el plazo y su vigencia será desde el momento en que el FNA lo dé a conocer por cualquier medio a los exponentes deudores.”

Quince años o más tuvieron los funcionarios del FNA para adecuarse a los requisitos de la ley. Actuaron con manifiesta negligencia y no lo hicieron. ¿Y qué han hecho la Procuraduría y la Fiscalía?

Pero el FNA sigue ahí. Llamando imperturbables a los ahorradores que ya pagaron el crédito amenazándolo con quitarle las casas y apartamentos, generando el problema de orden público que según ellos querían evitar.

 

 

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