Es cierto que Gran Plaza San Antonio en Pitalito se ha convertido en uno de los lugares de disfrute de la familia no solo sur huilense, sino sur colombiana; este centro comercial ha venido realizando una serie de actividades permanentes con miras a incentivar la clientela, pero hasta donde hemos observado no logra la convocatoria esperada en los eventos y a última hora terminan improvisando y peor aún sin ninguna clase de acompañamiento del gobierno local que genere transparencia en sus actividades promocionales. En la revista impresa Somos Gran Plaza número dos, de marzo y abril de este año, exactamente en la página cuatro dice: sorteo “GRAN PLAZA SAN ANTONIO entregará una camioneta Nissan Frontier a uno de nuestros clientes como incentivo por la preferencia y confianza que depositan cada día al hacer sus compras en el Centro Comercial. Se realizará una preselección de 5 finalistas el día jueves 24 de abril a las 7:00 p.m., y el ganador se dará a conocer el 26 de abril.” Aquí, es donde surgen las preguntas: ¿Por qué en el mismo momento del sorteo no se da a conocer de una vez el nombre del ganador? ¿Cuál es el método que utilizan para escoger entre los cinco preseleccionados al ganador de la camioneta? ¿Y quiénes o qué define ese ganador? La Ley 1480 de 2011 o Estatuto del Consumidor, precisamente se creó con el fin de “proteger, promover y garantizar la efectividad y libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos; es así, que en el Título I, Capítulo II, Artículo 3° Derechos y deberes de los consumidores y usuarios, inciso 1.3 reza: “Derecho a recibir información: obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa, e idónea”. Solicitamos el acompañamiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, para hacer cumplir la ley, puesto que no nos parece que haya la suficiente claridad en la información acerca del sorteo de la camioneta; cabe anotar que el Estatuto del Consumidor apunta que toda clase de incentivos, como: rifas, sorteos, concursos y otros estarán vigilados por las autoridades competentes. Anuncios. Anuncios..

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Es cierto que Gran Plaza San Antonio en Pitalito se ha convertido en uno de los lugares de disfrute de la familia no solo sur huilense, sino sur colombiana; este centro comercial ha venido realizando una serie de actividades permanentes con miras a incentivar la clientela, pero hasta donde hemos observado no logra la convocatoria esperada en los eventos y a última hora terminan improvisando y peor aún sin ninguna clase de acompañamiento del gobierno local que genere transparencia en sus actividades promocionales.
En la revista impresa Somos Gran Plaza número dos, de marzo y abril de este año, exactamente en la página cuatro dice: sorteo “GRAN PLAZA SAN ANTONIO entregará una camioneta Nissan Frontier a uno de nuestros clientes como incentivo por la preferencia y confianza que depositan cada día al hacer sus compras en el Centro Comercial. Se realizará una preselección de 5 finalistas el día jueves 24 de abril a las 7:00 p.m., y el ganador se dará a conocer el 26 de abril.” Aquí, es donde surgen las preguntas: ¿Por qué en el mismo momento del sorteo no se da a conocer de una vez el nombre del ganador? ¿Cuál es el método que utilizan para escoger entre los cinco preseleccionados al ganador de la camioneta? ¿Y quiénes o qué define ese ganador?
La Ley 1480 de 2011 o Estatuto del Consumidor, precisamente se creó con el fin de “proteger, promover y garantizar la efectividad y libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos; es así, que en el Título I, Capítulo II, Artículo 3° Derechos y deberes de los consumidores y usuarios, inciso 1.3 reza: “Derecho a recibir información: obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa, e idónea”.
Solicitamos el acompañamiento de la Superintendencia de Industria y Comercio, para hacer cumplir la ley, puesto que no nos parece que haya la suficiente claridad en la información acerca del sorteo de la camioneta; cabe anotar que el Estatuto del Consumidor apunta que toda clase de incentivos, como: rifas, sorteos, concursos y otros estarán vigilados por las autoridades competentes.

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