"¿Por qué no resolver la herencia de la mejor forma y de muto acuerdo, sin trampas, manipulaciones, picardía, evasiones, acaparamiento y sin tapujos?"

 - Herencia: causa de discordia y tragedia familiar

Las herencias son derechos intestados sucesoriales, que se adquieren por la muerte de parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad, en prioridad exclusiva de beneficios descendientes en primer grado: hijos, nietos, bisnietos, ascendientes padres, abuelo, bisabuelos,  en segundo grado: hermano, tercer grado: tío-sobrino y último grado; los primos hermanos, una vez   se liquide la sociedad conyugal o de hecho, constituido en el emparejamiento durante término mínimo de convivencia.  Los cónyuges y compañera o compañeros permanentes, no son herederos sino socios, que comparten en derecho el 50% de bienes y beneficios adquiridos, a partir de la conformación de la sociedad marital.  Los primeros herederos, de padres o madres son los hijos, en igualdad de derecho independientemente, que sean hijos matrimoniales o naturales, nacidos de una o varias mujeres, reconocidos por el difunto o difunta póstumos.  A los hijos les corresponde heredar el 50% del padre o de la madre socia del hogar.

Las herencias deben recibirlas como afectos tradicionales, utilizándolas en el mejoramiento de condiciones, una vez adquirida, conforme a las disposiciones legales vigentes, de manera equitativa, en armonía familiar. Pero muy raras veces, se lograr consolidar un ambiente cordial y consecuente, que permita una liquidación, distribución y adjudicación; de bienes hereditarios, exentos de enojos, discusiones y discordia, que fracturan las relaciones familiares.

Las herencias se han constituido en causas de tragedia, por diferencias extremas e irreconciliables, que sobrepasan el raciocinio normal de las personas, sin medir consecuencias, con trifulcas, desconsideración  y radicalismo; que terminan en agresiones y homicidios, entre hermanos y parientes, que se predisponen a apropiarse de lo que no trabajaron, aventajándose sobre los demás herederos, en forma ambiciosa, donde muchas veces, la mayoría de los pretendientes, ni siquiera contribuyeron o colaboraron;  con trabajos, ni medios económicos, con el mantenimiento y sostenimiento, de los bienes del causante, objeto de los derechos herenciales que persiguen.

Es penoso e indignante, las pretensiones y apropiaciones, de quienes en forma desmesurada se apropian de porciones de bienes, con obligaciones pendientes y sin ellas, para posesionarse y asumirlo en propiedad privada y negociarlo, a terceros ignorando que deban liquidarse los activos, pasivos y las obligaciones, materializadas en los balances contables. Las discordias comienzan por motivos de robos y las maniobras, fraudulentas y dolosas, que utilizan algunos herederos, para joder a otros; cuando deben sujetarse a la igualdad de derechos indiscriminados; siempre que hayan sido poseídos y adquiridos, por las personas de quienes se heredan, cuando no medien un documento testamentario, debidamente solemnizado, ante notario público, en el cual el causante en vida, reparte las cuotas hereditarias a los beneficiarios.

Los que más se aferran y enfrentan, hasta matarse por una herencia,  son aquellos hijos vivarachos, que peor se comportaron con sus progenitores  y  causándoles, daños y perjuicios familiar, como “oveja negras” originadores de problemas, por los hechos indignos que le generaron a quienes dejan la herencia.

Es injusto desconocer el derecho al trabajo los hijos o las hijas que se dedicaron en tiempo completo y bajo responsabilidad, a la atención y cuido, del padre y la madre, en sus últimos años de vida, independientemente del derecho de  herencia o con parte de la misma, que le corresponda.

¿Por qué no resolver la herencia de la mejor forma y de muto acuerdo, sin trampas, manipulaciones, picardía, evasiones, acaparamiento y sin tapujos?  Es fácil relacionar el 50% de la masa hereditaria, evaluar el valor de los bienes y sumarlos con los títulos y dinero en efectivos, que se disponga en cuentas de entidades financieras; luego liquidar las obligaciones pendientes del orden laboral, civiles, comerciales y tributarias; para que de mutuo acuerdo, ante una notaría se formalice en Escritura Pública, la partición y traspasos, de las cuotas hereditarias, a cada uno de los herederos en un acto de amor familiar, sin que sea necesario acudir a demandas de sucesión.

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Debe implementarse una ley penal, que sanciones con penas privativas de la libertad y perdidas, a los derechos de herencias, a quienes incurran en hechos delictivos, tales como: ocultamientos, ventas y acaparamientos de bienes herenciales. De igual forma los: fraudes, estafas, robos, manipulaciones, lesiones personales, tentativas u homicidios; originados por derechos hereditarios.

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