Cuarenta y nueve años después de su muerte, lo juzgan por los libros que no escribió y por la rebeldía de los que dejó. La acusación llegó de donde menos se esperaba

 - En defensa de Andrés Caicedo
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En la Universidad Católica de Colombia, donde me gradué de abogado, tuve un maestro de derecho penal temido, el doctor Puentes, que en el trabajo final nos obligó a defender a un personaje de la historia; a unos les tocó Judas, a otros Bruto, y a mí, Aquiles, por la muerte de Héctor. Nunca olvidé la lección: nadie se queda sin defensa, ni siquiera el que arrastró un cadáver alrededor de las murallas de Troya.

Hoy vuelvo a ese ejercicio para defender a Andrés Caicedo, con una diferencia que el maestro Puentes notaría enseguida: mi defendido no es ningún malvado. Ustedes serán, como siempre, los jueces, y sepan desde esté momento, señorías, que la defensa reclama para él no solo la inocencia, sino la libertad, una creatividad desmercantilizada, su rebeldía indómita y el derecho a escribir sobre la noche, la droga y el abismo sin rendirle cuentas al Estado ni servir de fetiche al sectarismo. Y reclama también, su derecho a ser leído por lo que escribió y no sentenciado por la forma en que murió.

El acusador es Sergio Esteban Vélez, director del Instituto Caro y Cuervo, que la noche en que Caicedo habría cumplido 75 años publicó en redes oficiales un video bien leído pero mal pensado, un homenaje convertido en pliego de cargos morales.

Los cargos son tres, y los enuncio con las palabras del propio director, porque todo litigio exige lealtad para evitar siempre la trampa que envenena el proceso y ciega al juez. El primero, daño al patrimonio literario de la Nación, porque su suicidio “nos arrebató las grandes obras literarias que pudo haber escrito”. El segundo, rebeldía contra el orden, porque su “rechazo absoluto a las normas, a la institucionalidad, terminó convirtiéndose en una trampa mortal”. El tercero, autodestrucción, porque su genio “se estrelló contra el vacío de su propia autodestrucción”. Y un cuarto, contra nosotros, sus lectores: el de cómplices, por “aplaudir el abismo”.

Frente al primer cargo, la defensa alega atipicidad futura, porque ni en Macondo existió un bien jurídico que proteja los libros que un hombre no escribió; Caicedo no era propiedad de la Nación, y nadie le debe a su país una obra futura ni una conducta pacata.

El daño tampoco consta, Daniel Centeno Maldonado, periodista y escritor venezolano, en el perfil que le dedicó en Ogros ejemplares, dice que Caicedo “escribió mucho más de lo que vivió”: veía ocho películas al día, sin acelerarlas a doble velocidad, programaba la filmoteca de Cali, escribía crítica, teatro y guiones, hacía sus pinitos de actor, despachaba cartas de diez páginas y se iba de rumba, como si hubiera sido profeta, con la máquina de escribir debajo del brazo, cuando hoy tantos amanecen enguayabados buscando donde dejaron el iPad que llevaban. Basta su conclusión: “su promesa era dejar obra, y eso también lo cumplió”.

El segundo cargo exige un nexo causal entre la rebeldía y la muerte, y no aparece. El Caicedo de Centeno era “raro, rarísimo”, tartamudo, “incapaz de matar a una mosca”, y regañaba a los amigos que veía con un cacho de marihuana, como si peleara con sus demonios para que no alcanzaran a sus panitas. La violencia supuraba en sus escritos y no en su conducta, y eso tiene un nombre: libertad creativa.

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Y cuando desde el Gobierno se presiona para que la ANDI saque a Bruce Mac Master, como si un gremio privado necesitara permiso para elegir, recuerden, señorías, que un joven que funda un cineclub y una revista no rechaza toda institución; funda las que le faltan a su ciudad. Condenarlo por rebelde es juzgarlo por lo que era y no por lo que hizo, cuando el artículo 29 de la Constitución solo permite juzgar conforme a leyes preexistentes “al acto que se le imputa”.

El tercer cargo es el más injusto, porque olvida la solidaridad republicana y le reprocha a un enfermo su enfermedad. El maestro Puentes me enseñó que la culpabilidad es reproche, y solo se reprocha a quien pudo comprender y determinarse de otro modo. Centeno cuenta que cargó con dependencias que lo dominaron y pasó temporadas en sanatorios tras intentos anteriores; la ley colombiana no castiga el intento de quitarse la vida, porque es asunto de salud y no de disciplina literaria.

Sobre el cuarto cargo, la defensa concede: tras su muerte, escribe Centeno, “el culto comenzó a amasarse, sus viudos se reprodujeron”. Nunca imaginé que el director del instituto de las letras terminara de plañidera en ese velorio. Defender a Caicedo no es defender su muerte, que fue una desgracia y no una hazaña.

Con estas pruebas, respetuosamente solicito a sus señorías la absolución de Luis Andrés Caicedo Estela por los tres cargos, y la de sus lectores por el cuarto. Al director le recuerdo la Sentencia T-627 de 2012: la palabra del servidor público debe ser veraz e imparcial. Si quiere honrar a Caicedo, que lo edite, lo estudie y lo enseñe, porque a Andrés no lo mató la rebeldía; lo aniquilan ahora quienes lo honran sin leerlo y lo juzgan por haber vivido con un mundo aparte en la cabeza.

¡Que viva la música!

Si usted o alguien cercano atraviesa un momento difícil, pida ayuda: en Bogotá, Línea 106; en todo el país, Línea 192, opción 4.

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Por Alejando Carranza

Abogado, magister en estrategia y geopolítica, magister en Derecho, especialista en Derecho tributario, especialista en casación penal. Gerente de crisis. Panelista. Constructor de la utopía contraria.