El XYZ de las objeciones del presidente Duque a la JEP

El XYZ de las objeciones del presidente Duque a la JEP

La decisión presidencial fue un claro desafío a la alta corte, ¿será esta la reafirmación contundente del lema de hacer trizas los acuerdos?

Por: Coordinación de Medios Alternativos y Populares del Suroccidente
marzo 18, 2019
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El XYZ de las objeciones del presidente Duque a la JEP
Foto: Las2orillas

El 11 de marzo del año en curso la cancillería de Colombia dio a conocer el documento ABC de las objeciones al proyecto de ley estatutaria de la JEP, en el que se exponen los argumentos del gobierno sobre su decisión política disfrazada de inconveniente.

En este XYZ demostramos que, con esta medida, el Centro Democrático se afianza su postura contra la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. ¡Le tienen miedo a la verdad!

Lo primero que hay que decir es que los seis artículos objetados no son los únicos que acarrean consecuencias. Cobija todo el proyecto al no ser sancionada como ley de la república, acciones que debilitan la esencia de esta justicia transicional. Así lo demostró el presidente en su alocución, en la que manifestó que presentarán una reforma constitucional al acto legislativo 01 de 2017, esto escondido bajo el manto de las “mejoras”.

La decisión presidencial de objetar el proyecto, cuando había pasado el respectivo control constitucional, es un claro desafío a la alta corte.

El fundamento de las objeciones

El fundamento de dichas objeciones se basa en que el partido de gobierno ha sido un férreo opositor de la paz en Colombia y de la solución dialogada al conflicto. En consecuencia, todas sus actuaciones atacan el acuerdo de paz hasta acabarlo. En palabras de ellos: “hacer trizas los acuerdos”.

Sobre la reparación integral de las víctimas: artículo 7

El fundamento del gobierno se basa en la falsedad, en la que afirman que las Farc-Ep no entregaron todos los bienes. Mediante esta gran mentira intentan quitar legitimidad a la JEP para avanzar en su cometido: sepultarla.

Las extintas Farc-Ep entregaron al gobierno con listado en mano, todos sus bienes materiales, entre ellos: dinero en efectivo, equipos, medios de transporte, oro, hasta carreteras construidas por ellos. Con esta falacia, el gobierno busca no cumplir con su deber de reparar a las víctimas, al remitir su responsabilidad a quienes entregaron las armas.

Sobre la falta de claridad de la suspensión de los procesos

El proyecto de ley estatutaria deja en claro las competencias de la Jurisdicción Especial para la Paz, así lo deja en firme la sentencia de la Corte Constitucional, cuando define la competencia de la JEP.

Sobre las personas incluidas en los listados de las Farc

Frente a estos listados la Corte Constitucional determina que es la Sala de Indulto y Amnistía la facultada “de incorporar nombres de personas que, por motivos de fuerza mayor, no hubieren sido incluidas”.

Sobre la acción penal de delitos no amnistiables

Ante esto, el gobierno pretende que en la justicia especial haya completa impunidad, al establecer que se debe procesar a toda persona que haya cometido una acción no amnistiable. No hay aparato judicial que pueda procesar a todas las personas que hayan intervenido en violaciones de los derechos humanos.

Sobre la extradición

Frente a este tema, incluido en el artículo 150 objetado por el presidente, la Corte Constitucional establece el procedimiento: se deberá remitir a la sección de revisión del tribunal para la paz para que este determine el momento de la acción atribuida. Una vez más, se demuestra como la decisión de objetar ha sido política y con el objeto de acabar con la JEP.

Sobre la extradición de otras personas que ofrezcan verdad

La Corte Constitucional establece que en lo referido a “otras personas”, se refiere a personas que se sometan a la Jurisdicción Especial para la Paz, es decir, a cambio de la verdad, tan urgente y necesaria en nuestro país, quienes se haya sometido a la JEP, tendrá el beneficio de la no extradición. Esto se traduce en que las víctimas podrán conocer qué fue lo que sucedió a lo largo del conflicto.

A modo de conclusión

Sintéticamente, estas objeciones hechas por el presidente al proyecto de ley estatutaria de la JEP son los verdaderos objetivos de Álvaro Uribe mediante el mandato que puso en manos de Iván Duque. No es más que un ataque al corazón del acuerdo de paz, al desconocimiento de los derechos de las víctimas, el encubrimiento y miedo a la verdad del conflicto colombiano y el miedo a que este acuerdo de paz potencie una verdadera transformación en la democracia en Colombia, brinde justicia, democratice el campo y dignifique las víctimas.

La Jurisdicción Especial para la Paz es la puerta a la justicia y la verdad en nuestro país, algo que no ha sucedido hasta el momento con una justicia ordinaria que lo único que ha otorgado a las víctimas ha sido silencio e impunidad.

Mientras la comunidad internacional, las organizaciones sociales, colectividades políticas, sectores alternativos de la sociedad y el pueblo digno de Colombia abrazan la JEP, los sectores más conservadores y de ultraderecha atacan por todos lados la posibilidad real de que el país y las víctimas conozcan la verdad, obtengan justicia, reparación y garantías de no repetición.

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