El negocio detrás de la menstruación

El negocio detrás de la menstruación

Los impuestos sobre productos como las toallas higiénicas son bastante altos y no tienen en cuenta el poder adquisitivo de las mujeres con menos recursos

Por: STIVEN VITOLA ZAMBRANO
febrero 24, 2020
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El negocio detrás de la menstruación
Foto: Via Twitter

Muéstrese confundido al saber que en cierta ocasión existió un gravamen a la orina humana llamado Urinae Vectigal, que obedecía a una actividad económica que acrecentó su pináculo en el siglo I d.c bajo el Imperio Romano. La histriónica decisión se enmarca en el crecimiento del negocio de la lavandería del momento, que recolectaban la orina y la dejaban en reposo, para poder utilizar el amoniaco resultante como detergente, con lo que lavaban los vestidos de la nobleza.

Cuenta el filósofo y escritor romano Séneca que, tras remojar las togas de lana blanca, los trabajadores o fullones saltaban o bailaban sobre ellas y utilizaban creta fullónica (tierra de batán), orina y azufre, para eliminar la grasa y realzar los colores. (Epístulae 15,4). Después las volvían a enjuagar para quitarles el olor de los fragantes detergentes. El trabajo era desagradable y malo para la salud. Al tiempo la orina se utilizaba para trabajar el cuero, siendo el amoniaco una sustancia que sirve para suavizar, remover el bello y curtir pieles de animales.

Fue tan bueno el negocio para las lavanderías que al ascender el emperador Vespeciano, le estableció un impuesto a quienes quisieran utilizar la orina acumulada en la cloaca máxima de Roma. Bajo esta decisión, el hijo de Vespeciano, llamado Tito, le reclamó a su padre ante la afrenta pública del asqueroso gravamen, a lo que el emperador le acercó una moneda de oro a la nariz y le preguntó si olía feo. Tito respondió que no y su padre le dijo: "Atqui ex lotio est" que quiere decir: "¡y eso que viene de la orina!"

A esta respuesta se le conoce como axioma de Vespeciano, “el dinero no apesta, no importa de dónde provenga”. Un axioma como estos en la actualidad puede justificar legalizar actividades como el narcotráfico, el homicidio o colocar gravámenes inconstitucionales o regresivos como el impuesto a la menstruación que se mantuvo en Colombia por cierto tiempo.

La menstruación siendo un proceso fisiológico por el que las mujeres y las hembras de ciertas especies animales expulsan periódicamente por la vagina un óvulo maduro no fecundado con sangre y otras materias procedentes del útero, no tiene tantas utilidades como la orina, pero que al igual que la orina en el imperio romano, la menstruación viene a ser un gran negocio para el mercado colombiano.

El mercado de las toallas higiénicas vende más de 2.400 millones de unidades al año, esto representó una facturación de 554.000 millones de pesos y se espera que en 2020 se proyecte vender 2.979 millones de unidades, representando una facturación de 688.300 millones de pesos.

Basado en estas cifras, un impuesto a la menstruación es una gran fuente de ingresos. En el 2016, con un IVA del 16%, los cálculos arrojaron que el aporte de las mujeres en edad fértil al fisco era cercano a $340.000 millones, por cuenta de los $160.000 anuales destinados por cada una de ellas a la compra de productos higiénicos, aproximadamente una cuarta parte de un salario mínimo mensual de entonces.

Ese cálculo se hizo con base en las cerca de 25 toallas higiénicas -a $500 cada una- que, durante cada uno de los 13 ciclos anuales, siguiendo las recomendaciones médicas, que puede usar una mujer. Según los economistas de Justicia Tributaria, en el 2017 con un IVA del 5 %, las mujeres contribuyeron con más de $100.000 millones al recaudo. Sin embargo, como en el impuesto de orina este impuesto a la menstruación además de histriónico es ignominioso, teniendo en cuenta el contexto colombiano de desigualdad social con el género femenino.

Esta desigualdad social se evidencia en varios indicadores. Por ejemplo, existe en el país una gran brecha salarial entre los hombres y mujeres, que ronda alrededor del 20%. En cuanto al desempleo, en los hombres fue del 7,3% en el 2017, mientras que en las mujeres fue del 12,8% para el mismo año; sumado a que según el informe “mapa mundial de la familia 2014”, cuyo coinvestigador fue la Universidad de La Sabana, revela que Colombia es el país con más madres solteras en el mundo y el 31% de estos hogares viven en extrema pobreza.

Todo lo anterior fue argumento suficiente para que un grupo de mujeres promovieran primeramente disminuir el impuesto del 19% (según la nueva reforma tributaria del 2017) al 5% y luego demandaran el estatuto por inconstitucional logrando eliminar el impuesto a la menstruación.

En materia económica, un impuesto de este tipo se le conoce como impuesto indirecto y regresivo, que no tiene en cuenta a quien se impone el gravamen, sin importar la clase social o el ingreso que genera la persona y que afecta más a la persona pobre que a una persona rica, porque toma mayor proporción de su ingreso, sin embargo, la preocupación de este impuesto es por su particularidad de ser sexista y por profundizar la desigualdad social entre hombres y mujeres.

Este fallo va de la mano de otras decisiones iguales tomadas por varias naciones del mundo como Kenia y Canadá y demuestra que la expresión Vespesiana “el dinero no apesta, no importa de dónde provenga” no siempre se puede aplicar cuando existen derechos, circunstancias y contextos que evitan “el todo se vale” y que ameritan un esfuerzo mayor para crear impuestos progresistas y respetuoso del bienestar de la humanidad.

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