Después de un tortuoso proceso, por fin hay eutanasia para Martha Sepúlveda

Después de un tortuoso proceso, por fin hay eutanasia para Martha Sepúlveda

Después de una ardua lucha, le concedieron la eutanasia a Sepúlveda. Ahora solo queda que la ciudadanía tome la vocería para que casos como este no se repitan

Por: José David Vargas Tuñón
noviembre 05, 2021
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Después de un tortuoso proceso, por fin hay eutanasia para Martha Sepúlveda
Foto: Pixabay

El pilar fundamental de un estado de derecho como el nuestro son sus normas, principalmente las constitucionales; en esta oprobiosa y álgida semana, por fin un juez de la república actuó en derecho y declaró procedente la eutanasia para la señora Martha Sepúlveda, una implacable luchadora por los derechos que legítimamente le corresponden.

En esta ocasión, no es de mi precisión del porqué llegar al extremo de doblegar todos los esfuerzos a un proceso judicial para tener que morir con dignidad en Colombia.

Es dable acotar que la decisión de este juez es una reivindicación de derechos constitucionalmente consagrados, como lo es el de la vida digna y la dignidad humana, valga decir además que esta resolución judicial tiene el proyecto de ser grande, de cambiar la realidad cotidiana en Colombia.

Por fin fueron plenamente reconocidos por un tribunal constitucional colombiano, el derecho a morir dignamente, para una ciudadana con ELA (Esclerosis Lateral Amiotrófica), cabe acotar que este fallo dio a la entidad prestadora de los servicios de salud un plazo de 48 horas para determinar cómo será el procedimiento de la eutanasia para la señora Mrthaa, lo cual puede dejar con sabor amargo todo el derrotero judicial recorrido por esta menesterosa persona.

Por consiguiente, es necesario que como colombianos y conocedores de nuestra penosa realidad institucional tomemos la vocería en este camino para instar al órgano legislativo a realizar el trabajo que le corresponde. Es decir, emitir la regulación sobre la eutanasia en Colombia; en el entendido de que, a pesar que la corte constitucional emitió un fallo, este solo tiene efectos interpartes, eso es, entre las partes involucradas y no se le aplica al público en general, además, dentro de las funciones de la corte constitucional no existe alguna en la que se encuadre la de emitir legislaciones.

Sin embargo, y a pesar de todo lo tortuoso de este proceso, se han tenido resultados, a la larga, satisfactorios, puesto que en Colombia ahora se habla sin tapujos del tema, lo cual ayudará a las demás personas que en un futuro pretendan hacer dicha solicitud, también nos hemos ido despojando del paradigma religioso, en donde “no está permitido morir dignamente”, lo que constituye, a todas luces, un avance de características colosales.

Los ánimos no deben desfallecer, la meta está tan cerca, y sectores políticos ya hablan de una regulación del tema; la lucha realizada por Martha y otros pacientes que como ella se han atrevido a confrontar al estado será reconocida en los anales de nuestra historia como una de las hazañas más inmarcesibles e inquebrantables que ha tendido este país.

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