Desde Europa, felicitaciones al Colegio de Abogados Penalistas de Colombia

Desde Europa, felicitaciones al Colegio de Abogados Penalistas de Colombia

Un texto a propósito de la reciente constitución de esta agremiación

Por: Martin Eduardo Botero
noviembre 21, 2019
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Desde Europa, felicitaciones al Colegio de Abogados Penalistas de Colombia
Foto: Twitter @CPenalistas

Queridos lectores, deseo asociarme a mis colegas europeos y hacerles llegar desde ahora a todos los letrados defensores miembros del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia mis más fervorosos augurios por su empeño en establecer en democracia una nueva urdimbre social de tolerancia y generosidad, valores, métodos y objetivos (a los que me siento especialmente vinculado).

Por el momento, quiero enviarles mis saludos a los miembros fundadores de la mesa de la asamblea por el coraje y la hidalguía que todos conocemos, exhortándolos a proseguir esfuerzos en este sentido, espolearlos a no temer las dificultades e invitándolos a persistir en su importantísimo diálogo permanente y trabajo conjunto por el prestigio y la dignidad de los letrados de la defensa, cuyas múltiples virtudes son únicas, al defender las causas más justas de la dignidad y la libertad humana.

Sírvase aceptar la seguridad del afecto y gratitud en reconocimiento de vuestra entrega permanente para impulsar y promover la muy noble causa de la protección de los derechos de la defensa oportuna y efectiva en el contexto del enjuiciamiento penal, de las garantías vinculadas al derecho a un proceso justo, de los derechos civiles en relación con el ejercicio de la abogacía, y a favor de una actividad de protección y defensa de todos los abogados penalistas. Mis mejores saludos a nuestros colegas de todo el territorio colombiano y a aquellos letrados que hoy nos acompañan también espiritualmente con sus oraciones.

Por tanto, saludamos con enorme satisfacción esta nueva asociación colombiana de penalistas estratégica equilibrada y recíproca, lo que es natural dada la amistad estrecha y duradera que une a nuestros profesionales del derecho fundada en una dimensión ética y social y otra normativa, basada en los valores del Estado de derecho, la democracia, los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos sin distinción. De esta forma CAPC contribuye a la conservación e influencia del rango legal y nivel erudito de la abogacía como autoridad intelectual, moral y profesional en el mundo del derecho, y actúa como un valioso escudo protector contra las injusticias y las violencias y aporta, al mismo tiempo, un valor añadido a sus actividades y a su reputación.

Esta experiencia constituye un ejemplo para la comunidad latinoamericana, dentro de nuestra esfera de competencia, y por el amplio interés que suscita podría tener esa autoridad moral a nivel internacional, y tiene voluntad para ello, si lleva a buen término ese sentimiento de libertad y seguridad de los ciudadanos en que se basan, la salvaguardia persistente del respeto al derecho a la defensa, el derecho a ser oído y el derecho a la tutela judicial efectiva. En efecto, nos encontramos ante una verdadera institución social que congrega a los principales prácticos del derecho penal, honrémoslos por su valor dándoles la atención que necesitan. Son profesionales amigables y puntuales que hacen la diferencia porque aman realmente lo que hacen, hasta dar, si es necesario, la propia vida por ella.

Estamos convencidos de que el Colegio de Abogados Penalistas responde plenamente a un objetivo noble y loable al restituir al ministerio de la abogacía las semblanzas de un linaje de civil sacerdocio, constantemente cimentado en la realización efectiva de los derechos a la verdad, a la justicia y la necesaria custodia de la moralidad social: no puede haber verdad en ausencia de una defensa buena, plena y oportuna. Un elemento clave de esta nueva asociación es la de mantener el impulso hacia delante entre los profesionales y sus clientes y entre los profesionales y la sociedad en su conjunto.

Esta acción indica la voluntad de crear relaciones de cooperación recíproca al servicio del bien común, teniendo en cuenta simultáneamente sus propias expectativas y experiencias. Conciliando de ese modo el particularismo cultural, la memoria histórica, costumbres y tradiciones, de forma que se allane el camino para poder proceder al restablecimiento de la seguridad y el respeto que les merece la profesión, favoreciendo la difusión del aprendizaje y de buenas prácticas para atraer a los jóvenes hacia la carrera, velando especialmente por favorecer una formación de calidad y mayor conciencia de su responsabilidad ética y jurídica, así como favorecer reformas fundamentales que conllevarán cambios en la legislación y la participación indispensable de la sociedad civil.  Estamos seguros de que con su acertada conducción avanzaremos en el objetivo de alcanzar los más altos ideales de honor e integridad personal, la confianza de la sociedad, de los interesados y de los ciudadanos y la credibilidad en sus órganos de justicia y en las instituciones del Estado, incluida la profesionalidad y comportamiento ético de los abogados y el respeto mutuo. ¡Pues enhorabuena!

El vínculo de hermandad que hoy se manifiesta entre los profesionales del derecho penal colombiano, demuestra cómo el afecto hacia la común progenitora “ciencia jurídica” no puede ser obstaculizada por prácticas inicuas de división en este terreno, puesto que siempre permanecerá encendida la llama unificadora en al ánimo de todos los letrados del mundo. Refiriéndose específicamente a los Congresos de Abogados, el profesor y jurista italiano Pasquale Stanislao Mancini ya en el siglo XIX (1880) dijo sabiamente en cierta ocasión: “el despertar del espíritu de asociación científica en los diversos países es un signo de los tiempos modernos (que no podemos ignorar), es casi una sabia y virtuosa protesta contra la exaltación de los meros intereses materiales (profesionales) y los egoísmos individuales y psicológicos de la naturaleza humana”.

Con los mejores augurios para vuestra tarea, en comunión de objetivos y con estima fraterna, os saludo con todo afecto. Amén.

Post scriptum 

Honorables colegas penalistas colombianos: 

El derecho, cemento social de intereses relacionados y de relaciones interesadas entre los individuos es la expresión cultural de la conciencia nacional. El abogado debe ser la voz de la conciencia social, porque el derecho siempre surge del hecho y debe perseguir una finalidad concreta, el derecho es vida vivida. El derecho es libre interpretación con arreglo a la metodología y sistematicidad de los códigos: el abogado actúa como mediador en conflictos de intereses sociales, por tanto, la interpretación es una verdadera y propia interposición y conciliación y otras vías. La actividad profesional del defensor está enclavada en la vida constitucional del Estado. La abogacía tiene un rol importante que desempeñar de conformidad con su mandato constitucional, cuyo objeto es consolidar los preceptos y los principios de los derechos públicos fundamentales y el imperio de la ley, que incluye garantizar el derecho a la defensa, el acceso al asesoramiento jurídico y a la representación, y el acceso a la justicia del ciudadano. De ahí, se haría concreto, no sólo aparente, el derecho a la prestación jurisdiccional basado sobre las exigencias indefectibles de justicia y sujeción al Estado de derecho con el fin de garantizar a todos el acceso y la posibilidad de salvaguardar en juicio las propias razones, permítanme decir que se trata de un asunto fundamental que afecta a cada ordenamiento jurídico Nosotros los abogados sabemos los gravosos pesos del altísimo oficio.

Una de nuestras tareas como abogados es avivar en todas las clases sociales la conciencia jurídica y legal, y el respeto de la persona humana que es la base del verdadero respeto del Estado de Derecho conforme a la ley y los principios de justicia. Habrá quien vea la ley como una norma abstracta creada en la mente de los estadistas, pero para nosotros es mucho más que eso. La ley emerge de relaciones sociales existentes concretas y fecundas, que solo la experiencia puede compulsar en la vida cotidiana. A tal fin no basta con la función ocasional y unilateral de las interpelaciones parlamentarias, de la actividad de las comisiones legislativas, de las doctrinas y erudiciones comparativas; por el contrario, no existe nada mejor que la continua actividad de nuestro Foro legal de discusión (derecho viviente), eslabón o grillete de enganche entre el derecho y el hecho, entre el caso y la norma, entre la ley y la justicia.

Nuestro soberano intelecto y sensibilidad, decoro, hombría de bien, integridad y discernimiento en todos los momentos de la vida son, respectivamente, sendas diademas sumadas que simbolizan y representan una cadena que da forma a la gloriosa tradición de los hombres insignes en su más alto concepto de función social, intelectual y moral y punto de referencia para el ciudadano, de los Abogados con la A mayúscula. Hay que elevar a mayor dignidad las profesiones liberales, sobre todo porque en su integridad moral y ejercicio independiente, los derechos y libertades de los ciudadanos podrán encontrar una garantía contra los errores y desvíos de los depositarios del poder (errores judiciales irreparables). El defensor lleva a cabo un trabajo noble, que tiene su base en la Constitución y su autoridad en la historia. Los abogados no son una corporación fundada sobre intereses materiales o una clase cerrada de miembros con una amplia gama de privilegios. Cada vez nos acercamos más a la visión de una única profesión, de categoría libre y de mayor autonomía, responsable de todo aquello que representa el gusto, el decoro y la responsabilidad social. El acceso a la vida profesional y al mundo jurídico independiente y fiable nos garantiza una gran libertad de iniciativa y, por tanto, una total libertad de elección de los clientes. En particular, el más estricto deber legal de asistencia, optimizando la función y la finalidad de la justicia penal. La Abogacía es un término medio entre universidad y magistratura. Ella no tiene vínculos orgánicos con el establishment o grupo de poder, balances generales o niveles burocráticos como el cuerpo académico y judicial, solo atenderá a los vínculos funcionales comunes entre las confederadas delegaciones que sientan los cimientos de su desarrollo, requisitos estatutarios y deontológicos. La abogacía debe operar al externo para sostener los desafíos de la calidad, la legalidad y la justicia y comprender las dinámicas que se mueven en el ámbito público, adueñándose definitivamente de las reglas de ese filón ideal en el cual se toman las decisiones que orientan las sociedades contemporáneas complejas. Solamente una abogacía que sea protagonista y autónoma en sus decisiones actora y no espectadora, sujeto y no objeto, puede expresar su compromiso su conciencia su mandato constitucional y su interés con respecto a una difusión de las buenas prácticas, puede ver e interpretar a sí misma en modo auténtico y revestir su papel público que le es propio. Una abogacía para la cual la tradición no constituye un área de refugio y un santuario sosegado, pero una riqueza, un extraordinario recurso cultural del cual se extrae para moverse hacia la sociedad y sus expectativas.

Nuestros países y la colectividad nacional tienen necesidad de esta fuerza vital, de esta grande “fuerza de equilibrio” y de compromiso social que puede y debe ser la abogacía. Los abogados tenemos el deber de hablar en voz alta y clara en pro de justicia cuando vemos en peligro los bienes espirituales y materiales de nuestros asistidos o cuando vemos los principios constitucionales y los derechos humanos aniquilados - a los efectos de asegurar que la protección de los derechos humanos no termine descartándose de manera injustificada y que con el pretexto del derecho se viole el derecho. Conocedores de nuestra importancia que no solo se trata de cantidad, sino también de calidad. Es decir, de ser una clase intelectual ontológicamente inclinada hacia una concepción liberal de la persona y sus derechos, que opera con arreglo al derecho para el derecho de legítima defensa y las condiciones que justifican ese derecho.

La abogacía tiene la necesidad de pensar unidamente con autoridad y prestigio, hacer crecer la visibilidad y la proyección internacional. Tendrá que ser más realista si quiere continuar a desarrollar la propia misión en la sociedad, pues es la misma sociedad civil que reclama la presencia de una abogacía unida, fuerte y con autoridad. Estos son pues algunos de los principales escenarios de referencia. Es esta nuestra misión institucional, también política y social de la abogacía. Ya Francesco Carrara en 1874 veía con preocupación cómo la forma más grave del mal es la pérdida de identidad unitaria de los abogados, expresando la necesidad de que los abogados “fueran organizados jurídicamente en un solo cuerpo, una colectividad no competitiva, en la cual todos los miembros del grupo contribuyen, y sea tal por número y dignidad capaces de imponer respeto e inspirar confianza, de carácter permanente e independiente de los órganos del gobierno a los cuales difícilmente un solo individuo puede oponer resistencia al respecto o una simple reunión de unos pocos individuos”.

Desde la distancia proclamamos por reconducir nuestra categoría a sus valores originarios, así como declaraba Pietro Calamandrei en el siglo pasado (en el famoso Congreso Nacional de Florencia de Florencia de 1957). Lo que sitúa de nuevo, una vez más y siempre a la colegiación obligatoria para todos los abogados sin distinción en el centro de nuestros debates, como así ha sido. Prescribir reglas deontológicas para los abogados. Reglas que se adosan a su papel social e institucional. Identificando principios que reflejen categorías de ideales a los que debe inspirarse el comportamiento del abogado. La búsqueda de la verdad, la convicción de proteger justas pretensiones, la preservación de una posición de independencia respecto al cliente, el asumir la defensa en sectores conocidos, la exigencia de la especialización, las relaciones civiles con los magistrados y la prensa, problemas que, como sabemos, son bien notorios. Nos referimos a las problemáticas sobre el ordenamiento profesional, fundamentado sobre el principio de autogobierno. Según el proyecto elaborado por Piero Calamandrei en 1954 y confiado a los colegas como si fuera su testamento espiritual.  No es un caso si muchos de esos principios encuentran un lugar privilegiado en el texto actual del código deontológico italiano. Así las cosas: la reforma de la ley profesional se impone a los fines de una siempre mayor elevación de la profesión y para la tutela de nuestros derechos y nuestras aspiraciones. Muchas gracias.

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