Contratación de mano de obra local: ¿pasará en el Senado?

Contratación de mano de obra local: ¿pasará en el Senado?  

En la legislatura pasada se suspendió la discusión de este proyecto de ley. Sin embargo, tras un intenso trabajo, se logró retomar su curso. ¿Conseguirá aprobarse?

Por: Juan Carlos Niño Niño
octubre 14, 2020
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Contratación de mano de obra local: ¿pasará en el Senado?  

A finales de la pasada legislatura, un reparo del gobierno nacional suspendió la discusión del proyecto de ley que da prioridad del ciento por ciento a la mano de obra local no calificada y del ochenta por ciento a la calificada en aquellas zonas en donde se explotan recursos naturales no renovables, porque se podría incurrir en una abierta violación del derecho fundamental al trabajo —consagrado en la Constitución Política— al establecer que: “Es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas”.

Es decir, una ley ordinaria no podría venir infringir la esencia de este derecho, en el entendido que constitucionalmente el derecho al trabajo es universal. Todos los colombianos tienen acceso y no se puede restringir por condiciones geográficas o de población —como excluir a personal foráneo—, cosa que está en concordancia con el derecho fundamental a la igualdad, en donde se establece que todos los colombianos tienes los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

Un intenso trabajo entre el gobierno nacional y los ponentes —incluido el representante Jairo Cristancho— logró una proposición sustitutiva para sacar adelante la iniciativa hace casi una semana en la plenaria de la Cámara, pero sin entrar en una contradicción constitucional. Esto con la participación del representante José Vicente Castro, entre otros. La vinculación de la mano de obra local se adelantará entonces de manera “preferente”, como también la contratación “preferente” de los bienes y servicios de la empresas del ámbito local.

El adjetivo “preferente” —como se explicó en la plenaria de Cámara— significa sencillamente que las empresas de explotación de recursos naturales no renovables, inicialmente deben contratar la mano de obra local disponible —como también de bienes y servicios— para después cubrir el faltante con personal de afuera, lo que en otras palabras significa que se da prioridad a la oferta laboral territorial, y posteriormente inicia la contratación de personal foráneo.

De todos modos, la iniciativa legislativa establece que —una vez sancionada la ley —la contratación del ciento por ciento de la mano de obra local no calificada, mientras que la contratación de la mano de obra calificada será el primer año del cuarenta por ciento de los vacantes, el segundo año del cuarenta y cinco por ciento y del tercer año en adelante del cincuenta por ciento, en donde se contratará primero —en orden descendente— la mano de obra del área de influencia del municipio; segundo, los municipios que limiten con el área de influencia; tercero, los demás municipios del departamento y finalmente del ámbito nacional, lo que vendría a blindar aún más ante un inminente riesgo de inconstitucionalidad.

En cuanto a la contratación de la mano de obra local calificada, la mitad será de personal técnico y tecnólogo y la otra mitad de profesionales; y la contratación de la mano de obra calificada y no calificada será del diez por ciento para mujeres; mientras que la contratación de bienes y servicios será contratada de manera preferente con personas naturales y jurídicas del área de influencia, lo que vendría a impulsar esto último la actividad productiva de la micro, pequeña y mediana empresa de los departamentos y municipios productores de hidrocarburos.

La discusión y aprobación del proyecto de ley no estuvo exenta de contratiempos en la plenaria de la Cámara, lo que anticipa un tortuoso camino en la Comisión Séptima y Plenaria de Senado, en donde la supuesta violación del derecho fundamental del trabajo se convertirá nuevamente en el punto de discordia —la condición de circunscripción nacional del Senado, impediría inclinarse por una medida extremadamente local—, aún más cuando algunos aseguran que las compañías petroleras estarían preparando toda la artillería en lobby para asegurar el hundimiento en Senado —al no lograrlo en la Cámara—. Ante ese escenario, no resta más que esperar la independencia y ecuanimidad de los senadores para esta justa aspiración de las entidades territoriales productoras.

Coletilla. Algunos líderes sociales de Casanare me han llamado para expresarme su preocupación sobre los nuevos porcentajes de contratación de mano de obra calificada que establece este proyecto —pasaría gradualmente del 30 al 50 por ciento— porque las negociaciones directas entre la comunidad y las compañías han logrado hasta un ochenta por ciento o más.

A esto les respondo que la idea es darle una configuración legal a ese cincuenta por ciento de contratación de mano de obra local calificada, que de alguna manera se convierte en una garantía de contratación mínima y a partir de ahí los acuerdos sociales con las multinacionales pueden llegar entonces a unos mayores porcentajes.

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