BEPS sí, pero no así: por una vejez tranquila y digna

BEPS sí, pero no así: por una vejez tranquila y digna

Una crítica al programa de ahorro voluntario administrado por Colpensiones y dirigido principalmente a la población de bajos recursos

Por: JUAN ANTONIO RODRIGUEZ
junio 21, 2019
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BEPS sí, pero no así: por una vejez tranquila y digna
Foto: Colpensiones

El programa BEPS es el reto más importante del gobierno nacional con el que busca ampliar la cobertura de la seguridad social de la población informal, para que cuando esta llegue a la vejez pueda contar con un ingreso en esta etapa de la vida.

Con la expedición de la Ley 100 de 1993, también nacen los Servicios Sociales Complementarios, dentro del cual hacen parte programas como el de Protección Social al Adulto Mayor (PPSAM) y el Programa Nacional de Alimentación para el Adulto Mayor “Juan Luis Londoño de la Cuesta” (PNAAM). Más adelante, el Acto Legislativo 001 de 2005 integra a los Servicios Sociales Complementarios el Programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) como un mecanismo individual, independiente, autónomo y voluntario, de protección para la vejez con el fin de llegar un alto porcentaje de población que a lo largo de su vida laboral no realiza aportes al sistema pensional.

Por esta razón, en el año 2012 el gobierno reglamenta el acceso y la operación del programa BEPS con el fin de llegar a más de siete millones de colombianos que no alcanzan a cumplir con los requisitos para acceder a una pensión de vejez o que no cotizan por trabajar en la informalidad.

A pesar del empeño de Colpensiones, quien actualmente administra el programa, de mostrar a BEPS como un programa atractivo para la población de bajos ingresos, el programa por su parte genera desconfianza; al estimarse, que el gobierno nacional pretende con BEPS gradualmente desmontar el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones, creando un mecanismo de protección para la vejez donde en lugar de pagar mesadas pensionales o subsidios al adulto mayor, se limite a cancelar un beneficio cada dos meses inferior al salario mínimo legal mensual vigente, financiado con los ahorros de las personas afiliadas al mismo.

BEPS es similar al régimen de capitalización individual, en el que cada afiliado aporta o ahorra para su vejez a una cuenta de ahorro individual que se incrementa con los rendimientos. Muchos colombianos creen que Beps les garantizará cuando lleguen a cierta edad un ingreso para cubrir sus necesidades básicas y las de su familia. Sin embargo no es así, los ahorros que el afiliado efectuó en Beps mientras estuvo laboralmente activo realmente no le garantizarían una vejez digna y tranquila cuando llegue a una edad avanzada.

De acuerdo a la herramienta calculadora Beps la cual se puede encontrar en la página, pestaña Incentivos y Beneficios >Calculadora BEPS, una persona de sexo masculina con 62 años de edad que ahorró en BEPS $ 3,185,833,oo solo recibiría $50,000,oo cada 2 meses o si ahorró $ 53,519,000,oo recibiría cada 2 meses $ 700,00,oo (es decir 350 mil pesos mensuales), y lo peor, si fallece su saldo no es heredable, el saldo queda a favor de la aseguradora Positiva de seguros.

Ahora, consideremos el siguiente caso: “el señor Juan vendió jugos y empanadas y con esfuerzo logró durante toda su vida ahorrar en el programa BEPS un capital de veintitrés millones de pesos ($ 23,000.000,oo). Una vez cumplió sus 62 años de edad, recibió su primer pago BEPS pero falleció al mes siguiente. Días después de su fallecimiento, su esposa se acerca a un punto de Colpensiones y solicita que le devuelvan el saldo de su esposo, pero la entidad le informa que los veintidós millones setecientos mil pesos ($22,700, 000, oo) restantes pertenecen a la aseguradora Positiva porque esos fueron los términos bajo los cuales se afilió a BEPS el fallecido”.

Por su parte, el gobierno notando lo poco amigable que es BEPS con el trabajador afanosamente viene creando nuevas normas para fortalecer el programa BEPS, empeñado ahora en hacerlo obligatorio, incluye en un artículo del Plan Nacional de Desarrollo se trasladen las semanas cotizadas o aportes de pensión de los afiliados que no alcanzaron a cumplir los requisitos de pensión a BEPS. ¿Saben ustedes cuántas personas por falta de información no podrán retirar sus aportes una vez cumplan la edad de pensión porque el gobierno de manera automática las trasladará a BEPS?

Por esta razón, el gobierno debe repensar el programa BEPS, hacerla realmente solidaria con la población de escasos recursos económicos, en busca de que su esfuerzo al ahorro de toda su vida, una vez cumpla su edad para acceder al beneficio, realmente se vea retribuido en el pago, por ser ese el momento en el que requiere una mayor compensación por sus esfuerzos y un trato razonable en su vejez. Además, es necesario que los ahorros antes y después del fallecimiento, sean de la persona afiliada al programa BEPS, que como se ha explicado en esta nota, en el programa BEPS el ahorro después del fallecimiento pasan a ser parte de las arcas de la asegurado Positiva y no de los familiares, lo que la hace inasequible y poca solidaria.

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