Banco de la República flexibiliza las operaciones de cambio

Banco de la República flexibiliza las operaciones de cambio

La medida puede tener un impacto favorable en la economía nacional y también en las familias colombianas

Por: carlos eduardo lagos campos
junio 01, 2018
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Banco de la República flexibiliza las operaciones de cambio
Foto: Juan Enrique Rodríguez / Banco de la República

Con la expedición de la circular externa 01 del 2018, la junta directiva del Banco de la República busca flexibilizar las operaciones de cambio y algunos procedimientos cambiarios que se realizan a través de los profesionales de compra y venta de divisas en Colombia; a la vez que se pretende implementar instrumentos precisos que permitan el control de los eventos de riesgo y eventos asociados en la dinámica de los negocios de los residentes.

Todos estos preceptos dentro del contexto de la autonomía y la efectividad monetaria, así como la estabilidad financiera de la economía nacional.

Dentro de la misma circular se tratan importantes regulaciones en relación con los créditos externos, los derivados, los avales y garantías que pueden otorgar los intermediarios del mercado cambiario (IMC) los límites a la posición propia de contado y la posición bruta de apalancamiento de los IMC, las entidades públicas de redescuento que no son IMC, las inversiones financieras y en activos en el exterior, las operaciones de leasing en moneda extranjera de los IMC y los plazos de canalización.

Un capítulo especial merece el marco regulatorio para quienes ejercen de manera profesional la compra y venta de divisas y cheques de viajero. Dentro de este marco regulatorio se incrementa el monto máximo autorizado para el pago en efectivo este que era de U$3.000 pasa a U$10.000 o su equivalente en otras monedas.

Realidad o estigma

Para Juan Bautista Murillo, revisor fiscal de Cambios New York Money limitada y de otras importantes empresas relacionadas con el comercio exterior, “ya era hora que el Banco de la República ampliara el espectro de negociación de pago de divisas a los profesionales del cambio, los cuales han sido históricamente, objeto de grandes limitaciones en sus montos y condiciones de operación, en el desarrollo de su objeto social".

Es bien conocido que las necesidades y condiciones de negocios que se ofrecen por estas empresas legalmente constituidas son favorables por su agilidad y sus tasas económicas para los diferentes clientes y usuarios de divisas, comparados con el sistema bancario.

La regulación y exigencias documentales y de reportes actuales, que se imponen a los profesionales del cambio, garantizan suficiencia en la información y el control, por lo que la facilitación o flexibilización, al ampliar el monto de negociación en efectivo o en los medios de pago autorizados (de us$3.000 a us$10.000), contenido en esta resolución constituye un gran acierto que permite que personas de negocios, turistas y empresas, puedan desarrollar su actividad con mayor facilidad y así contribuir a una mayor dinámica de nuestra economía.

El diseño e implementación de un buen sistema de administración del riesgo-Sarlaft, y el seguimiento y análisis de la información a través de las entidades de vigilancia y control (UIAF- DIAN), garantiza que posibles recursos provenientes de actividades ilícitas no permeen el sector de los profesionales del cambio.

En mi concepto este riesgo, fundamentalmente no depende de la forma de pago como tal, sino del cumplimiento de la documentación requerida en cada caso para poder realizar una operación de compra y venta”.

En efecto, según el Banco de la República, esta flexibilización se da en atención a que las autoridades de control como la UIAF y la DIAN cuentan con la información precisa realizada por los profesionales cambiarios con sus contrapartes.

De otro lado en concordancia con la ley 527 de 1999 que regula lo relacionado con comercio electrónico, esta circular, realiza la actualización de las condiciones generales para la conservación y elaboración de la documentación por estos medios.

Finalmente se módica la circular externa DCIN 83 del 24 de febrero del 2011 y se expide la circular reglamentaria DCIN 83, que la reemplaza en su totalidad, dentro de los aspectos más relevantes se encuentra lo relacionado son la declaración de cambio, así:

Consideramos que estas nuevas políticas que dinamizan las operaciones de comercio exterior y del mercado de divisas contribuyen a la modernización y recuperación de nuestra economía, toda vez que permiten un mayor flujo de divisas; recordemos que Colombia es el país que más remesas recibe en Suramérica, estas  constituyen la segunda fuente de divisas en Colombia pero se requiere desarrollar políticas con el fin de aumentar su impacto económico.

Según un comunicado del Banco Mundial en 2003: "La inversión extranjera y las remesas en Latinoamérica y el Caribe se han convertido en una fuente de financiación más importante incluso que los préstamos privados para los países de la Región, que a su vez, es la que más capta remesas en el mundo”.

De ahí que estas remesas generan un alto impacto no solo en la economía nacional sino también en las familias colombianas, por ello estamos seguros que esta medida tendrá una incidencia positiva en la sociedad.

 

 

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