¿Cómo le puede afectar la reforma laboral de Petro?

¿Cómo le puede afectar la reforma laboral de Petro?

Retomar la jornada nocturna de doce horas y limitar la contratación por prestación de servicios hacen parte de las modificaciones que traería este proyecto

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marzo 21, 2023
¿Cómo le puede afectar la reforma laboral de Petro?

El Ministerio del Trabajo radicó anoche el proyecto de ley de reforma laboral que pretende volver a establecer la jornada nocturna de 12 horas, priorizar los contratos a término indefinido, limitar las contrataciones por prestación de servicios e implementar la seguridad social de los trabajadores por plataformas digitales, entre otros temas que tradicionalmente han generado tensión entre trabajadores y empresarios.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, declaró en rueda de prensa que “el desarrollo de la aplicación de los principios, que están contenidos en el artículo 53, donde nos mandata no solamente a garantizar sino a dar la estabilidad laboral, aplicar los principios de favorabilidad, de progresividad y que nos plantean también que son parte del bloque de constitucionalidad todos aquellos convenios internacionales que han sido ratificados por el país”.

“De igual manera, estamos actualizando la jurisprudencia con base en las sentencias que han sacado la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia en su Sala Laboral, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, desde luego, las recomendaciones de la Organización Internacional para el Trabajo”, aseguró Ramírez Ríos.

Por su parte, el presidente, Gustavo Petro, declaró que el ‘mundo obrero’ “debe velar por el empresario, que al final es donde se desata buena parte del empleo en Colombia, debe velar por que el campo se pueda modernizar y desarrollar y producir los alimentos, precisamente para que aumente el salario real”.

Reforma laboral: volvería la jornada nocturna de doce horas

De acuerdo con el Ministerio del Trabajo, el texto radicado reestablece la jornada nocturna de doce horas. Hoy en día, la jornada diurna es de 15 horas, desde las 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m., mientras que la jornada nocturna es de nueve horas, de 9:00 p. m. a 6:00 a. m.

“El día será el día y la noche será la noche”, afirmó la jefa de la cartera del Trabajo.

Recargo dominical y festivo sería del 100% 

Otra propuesta de la reforma laboral apunta a que los recargos dominicales y festivos se realicen sobre el 100% del salario ordinario del trabajador, en lugar del 75%, como sucede actualmente.

Contratos a término indefinido

De aprobarse el texto de la reforma laboral como fue radicado, la prioridad será la contratación a término indefinido, de manera que el sector público y el privado se verán limitados para contratar por prestación de servicios cuando el trabajador vaya a realizar actividades de carácter misional de la empresa o la entidad. El propósito de esto es que sean “más ciudadanos con capacidad real de activar nuestra economía”, manifestó la ministra Ramírez.

La medida no es una prohibición expresa de los contratos temporales. “Excepcionalmente podrán celebrar contratos de trabajo para atender tareas de naturaleza temporal, ya sea por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada o, para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio”, se puede leer en el artículo 4 de la reforma.

Asimismo, el proyecto de reforma laboral señala que, cuando suceda una contratación o subcontratación para realizar labores relativas a la actividad principal de la empresa, estos trabajadores tendrán los mismos derechos salariales y prestacionales que los otros trabajadores de la empresa.

En cuanto a los contratos a término fijo, estos podrán celebrarse por un término superior a 1 año y extenderse hasta por 2 años a través de prórrogas. Cuando con 30 días antes de que se venza la última prórroga posible y ni el empleador ni el empleado manifieste su intención de terminar con el contrato, “se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral”, explica el texto de la reforma laboral.

Trabajo en las aplicaciones digitales

De aprobarse el texto radicado, las empresas tendrán la obligación de verificar que esas personas estén afiliadas a seguridad social en salud, pensión y riesgos laborales, y que cumplan con la obligación de pagar las cotizaciones.

En caso contrario, las plataformas deberán asumir el pago total de los aportes al sistema de seguridad social, como si fueran los empleadores. 

De igual manera, el proyecto de ley señala que, en caso de que el trabajador no esté debidamente cubierto y se presente un riesgo protegido por la seguridad social, las plataformas tendrán que responder por las consecuencias, tal como lo debería hacer la entidad de seguridad social.

Publicado originalmente en: Más Colombia

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