Archivan investigación contra senador Ortega por caso Indeportes Cauca

Archivan investigación contra senador Ortega por caso Indeportes Cauca

Corte Suprema de Justicia calificó de mentirosos a Carlos Pito y Ana Bolena. En ese orden, la veracidad de las sindicaciones de la pareja denunciante se degrada

Por: Proclama Cauca y Valle
diciembre 27, 2021
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Archivan investigación contra senador Ortega por caso Indeportes Cauca
  • “…Llegados a este punto del análisis, es claro para la Corporación que la pareja denunciante Pito Polanco – García Ricardo carece de credibilidad en relación con las sindicaciones efectuadas contra Ortega Narváez, pues, de manera cierta, las presuntas actuaciones que demostrarían la actualización de su parte del delito de tráfico de influencias de servidor público fueron desvirtuadas, incluso, por parte de los testigos señalados por aquellos como claves para la reconstrucción de los hechos acaecidos en realidad…”.
  • “Más importante aún, los medios probatorios acoplados de manera legal, regular y oportuna, tanto por el ente acusador, al igual que por la Sala Especial de Instrucción, como se denotó con anterioridad de manera profusa, no permitían conceder a García Ricardo la gracia pretendida (principio de oportunidad penal), al contradecir de manera ostensible sus señalamientos, en lo que interesa a este asunto, contra el investigado”.

La Sala Especial de Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió el pasado 9 de diciembre abstenerse de abrir investigación formal contra el senador Temístocles Ortega Narváez, gobernador del departamento del Cauca entre los años 2012 a 2015, por la denuncia presentada en su contra por Ana Bolena García Ricardo, exgerente de Indeportes Cauca y su marido Carlos Enrique Pito Polanco, cuando al descubrirles un detrimento patrimonial de más de 458 millones de pesos, lo acusaron de ser el estratega y la persona que movió toda la maquinaria de su administración para financiar una campaña política y lograr la continuidad en el poder a través de Oscar Rodrigo Campo Hurtado, quien resultó elegido gobernador para el periodo 2016 a 2019.

La Corte Suprema de Justicia logró evidenciar y comprobar que todo lo denunciado fue un entramado mentiroso en el que intentaron involucrar, además, a la misma Fiscalía General de la Nación, y a otras personas, descartando “cualquier tipo de responsabilidad penal del investigado en las conductas punibles atribuidas por el binomio Pito Polanco – García Ricardo, cónyuges por demás”.

Este escándalo se suscitó con celebración, ejecución y liquidación del convenio de asociación 086 del 24 de junio de 2015, correspondiente a los Juegos Supérate, suscrito entre Ara Bolena García Ricardo como gerente de Indeportes Cauca y Luis Gerardo Franco Arce como representante legal de la Fundación Redes.

Al ser descubierto el detrimento patrimonial, García Ricardo, en su condición de gerente de Indeportes Cauca, dijo que Ortega Narváez habría impartido la instrucción para que destinara recursos del convenio a la campaña de Óscar Rodrigo Campo Hurtado, en su aspiración a la gobernación y lo acusaron de presunta comisión de los delitos de concierto para delinquir, peculado por apropiación en favor de terceros e interés indebido en la celebración de contratos.

Sin embargo, la Fiscalía General de la Nación y la CSJ, al realizar el detallado estudio y análisis al referido convenio de asociación, en el que la policía judicial avaló el detrimento patrimonial por $458.711.028, está última concluyó con auto inhibitorio, lo que significa que se abstuvo de iniciar la acción penal y ordenó el archivo de las diligencias practicadas porque el hecho atribuido a Ortega Narváez no existió, descartando la Corporación la hipótesis delictiva.

Dijo la Corte Suprema de Justicia: “En concreto, por cuanto a partir de la reconstrucción fáctica expuestas en las denuncias, no se logra extraer un contubernio criminal entre el investigado y García Ricardo en su condición de gerente de Indeportes Cauca. Máxime cuando, la actualización de este punible implica el propósito de cometer múltiples delitos, aparejada a la vocación de permanencia y continuidad en la asociación delictiva…”.

Y agrega: “Para este caso en concreto, encuentra la Sala que, según las pruebas practicadas, el investigado no tenía a su cargo la actividad contractual de Indeportes Cauca, al corresponder esta entidad a un establecimiento público del orden departamental, diferente de la Gobernación del mismo ente territorial, al estar dotada de personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y jurídica… Lo anterior, para denotar, entonces, que en el investigado no confluye un elemento estructural del delito previsto…”.

También sostuvo la CSJ: “Con todo, como se anticipara en oportunidad, la valoración conjunta de las pruebas recaudadas permite descartar, contrario a lo expuesto por los citados denunciantes, que el indiciado, con abuso de su cargo como gobernador del Cauca o de la autoridad emanada de esa posición, utilizara influencias indebidas sobre la entonces gerente de Indeportes Cauca, Ana Bolena García Ricardo, con la finalidad expresada en las noticias criminales que brindaron soporte a la apertura de esta investigación preliminar”, para concluir que “… conviene añadir, con los hallazgos evidenciados en esta actuación, los cuales dan cuenta que, contrario a lo expuesto por los denunciantes Pito Polanco – Garcia Ricardo, el investigado nada tuvo que ver con las actuaciones delictuales que se le reprochan en las diferentes denuncias promovidas en su contra…”

En resumen, la Corte Suprema de Justicia finiquita: “Empero, tal como ocurriera con los demás señalamientos falaces expuestos por los denunciantes contra Ortega Narváez, los medios de prueba acopiados por la Corporación para esclarecer dicho evento fueron igualmente contundentes en desvirtuar su existencia”.

Es más, otro párrafo del pronunciamiento de la CSJ que adquiere interés público es el siguiente: “Lo anterior denota entonces que, a diferencia de lo expuesto por la pareja de cónyuges denunciante, no constituía un patrón que Ortega Narváez en su pasado desempeño como gobernador del Cauca desplegara acciones para promover las aspiraciones electorales de sus secretarios de gabinete, tal como se mencionara de manera mentirosa por parte de aquellos, con la promoción de las candidaturas de Ospina Quintero y Campo Hurtado, para las elecciones a la Cámara de Representantes llevadas a cabo en la anualidad 2014 y las territoriales en el año 2015, respectivamente”.

Aquí, la decisión jurídica de la Corte Suprema de Justicia:

https://es.scribd.com/document/548566198/Archivan-Investigacion-Contra-Temistocles-Ortega-en-Caso-de-Indeportes

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