A las 4 de la tarde del martes 13 de octubre, mientras la atención del país se centraba en el precio del dólar y en la primera protesta pública de la oposición a un gobierno posesionado hace dos meses, los ministros Rodrigo Lara y Iván Cancino entraban a la Secretaría del Senado con un fólder delgado: que contenía 17 páginas con 22 artículos. Adentro estaba la apuesta más ambiciosa del Ejecutivo para desarmar a a los grupos ilegales sin sentarse a negociar con ellos.
El documento radicado ante el Congreso es un proyecto de Ley de Sometimiento a la Justicia, que pone fin a la política oficial de la ‘paz total’ de Gustavo Petro y el inicio de una doctrina distinta: combatir y someter, sin transar.
De ser aprobada, la ley representará el réquiem de la figura del estatus político que los últimos gobiernos, desde Belisario Betancur hasta hoy, habían acogido en sus ordenamientos para conseguir la desmovilización, la entrega de las armas y la llegada a la escena política de mandos y militantes de organizaciones irregulares.
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Los esfuerzos de paz, que podrían llamarse sistemáticos por su intención política, se iniciaron en 1953 durante el régimen del general Gustavo Rojas Pinilla. Su dictadura otorgó amnistía e indulto a las guerrillas liberales de los Llanos, aunque su gesto produjo no pocas reacciones de rechazo. Los conservadores, sobre todo, lo consideraron como un perdón para “bandoleros liberales”.
Eran los tiempos de la violencia bipartidista y nadie hablaba entonces de un estatus político de insurgencia, adaptado décadas más tarde de legislaciones foráneas.
Un gestó similar tuvo el estadista liberal Alberto Lleras Camargo, durante su gobierno, de 1958 a 1962. Con el advenimiento del Frente Nacional también ofreció amnistías, pero bajo la misma lógica de detener los cruentos conflictos partidistas.
El aporte de Belisario
En Colombia el primer gobierno que otorgó estatus político a la guerrilla como figura jurídica para efectos de un proceso de paz fue el de Belisario Betancur Cuartas, que desde su posesión en 1982 inició una aproximación a las Farc, un gesto que no pocos calificaron de osadía.
Sin embargo, su esfuerzo marcó un punto de ruptura con la doctrina anterior de tratar a los movimientos armados como delincuentes comunes, cuya única base política estaba relacionada con los planes de los partidos comunistas combatidos en caso todo el subcontinente latinoamericano.

Betancur impulsó la aprobación de la Ley 35 de 1982, conocida como Ley de Amnistía. Lo hizo apenas tres meses después de haber llegado a la Casa de Nariño y logró que sus normas cobijaran a los responsables de delitos políticos y conexos. En otras palabras, esa ley reconoció por primera vez que detrás de FARC, el M-19, el EPL y el ADO había delitos políticos dirigidos a subvertir el orden institucional.
El presidente conservador creó una Comisión de Paz con 40 miembros y abrió las negociaciones en La Uribe (Meta) con las llamadas FARC-EP en 1984, y en Corinto y El Hobo (Cauca) con el M-19 y el EPL. Se aventuró Incluso a enviar emisarios hasta el cuartel de ‘Tirofijo’.
De ahí salieron los Acuerdos de La Uribe de 1984 que incluyeron cese al fuego bilateral y que luego dieron origen a la Unión Patriótica, organización política cuya existencia sería más tarde segada a tiros.
La doctrina del delito político nació entonces como base para negociar, mediante voceros autorizados, la suspensión de órdenes de captura y el reconocimiento de interlocución política. El modelo lo retomaron los gobiernos desde Virgilio Barco hasta Juan Manuel Santos y Gustavo Petro.
Los ejes del nuevo proyecto
El nuevo proyecto de sometimiento de grupos armados, de 22 artículos, fue radicado con mensaje de urgencia y busca modificar y prorrogas la Ley 418 de 1997.
A la luz de su contenido, el lema del Gobierno es el de cero estatus políticos y ningún espacio para negociaciones. Para marcar la diferencia, el interlocutor con el Gobierno ya no será un negociador político, debe ser un abogado.
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La iniciativa parte de aplicación de la justicia ordinaria con rebajas de penas condicionadas: Hasta el 50 por ciento de rebaja para integrantes rasos, hasta el 30 por ciento para cabecillas y rebajas adicionales de acuerdo con la calidad de la colaboración. Los jefes, en todo caso, pagarían mínimo diez años de cárcel.
A diferencia de procesos anteriores, esta vez no serían suspendidas órdenes de captura o de extradición, ni serían habilitados lugares de retención especiales. Es el punto que el uribismo y juristas como Jaime Arrubla celebran y que, según analistas, podría desincentivar a algunas estructuras.

Para que un integrante de esas organizaciones consiga beneficios no le bastaría con dejar las armas. El acceso a las rebajas de penas dependerá de la información verificable que aporte sobre rutas de desarme, narcotráfico y desmantelamiento de laboratorios y también sobre el tráfico de drogas sintéticas, incluidas por primera vez.
Otros componentes claves se relacionan con información útil sobre erradicación manual de cultivos de uso ilícito, personas desaparecidas y secuestradas y verdad, justicia y reparación a las víctimas.
Una de las novedades sobre incentivos son las rebajas de las penales por información sobre corrupción y vínculos de políticos sobre ellas, explicó el ministro Cancino.
Las condenas no serían purgadas en cárceles tradicionales. El proyecto contempla que las penas se cumplan en centros de arraigo transitorios, colonias agrícolas y cárceles productivas y crea una unidad especializada en la Fiscalía para canalizar decisiones al respecto. Para el Gobierno no se trata entonces de un proceso de paz, sino de un marco de política criminal.
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