El libre desarrollo de la personalidad: 25 años después

El libre desarrollo de la personalidad: 25 años después

Carlos Gaviria protagonió una batalla en contra de la penalización con cárcel por el consumo de marihuana

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mayo 08, 2019
El libre desarrollo de la personalidad: 25 años después

Han pasado 25 años desde que, el entonces magistrado de la Corte Constitucional, Carlos Gaviria Díaz protagonizara una batalla en contra de la penalización con cárcel por el consumo de sustancias como la marihuana.

Justamente, Gaviria Díaz logró la histórica sentencia C-221/94 de la Corte Constitucional un 5 de mayo, dando apertura a un capítulo de debate frente a las posturas más rígidas, represivas y conservadoras.

Dichas posturas reposaban en el Estatuto Nacional de Drogas, sobre todo aquel artículo que condenaba con un mes de arresto a una persona que fuera sorprendida fumando un cigarrillo de marihuana, un año si reincidía y, si era ‘diagnosticado como adicto era internado en un centro psiquiátrico.

Sin embargo, la discusión y el debate sobre el consumo de sustancias psicoactivas está siendo objeto de un retroceso por parte del gobierno de Iván Duque.

De hecho, bajo el lema de ‘mano dura’, el gobierno nacional ha desplegado el pie de fuerza para confiscar el porte de la dosis mínima a cualquier persona a partir del decreto 18-44 que entró en vigencia desde el 1 de octubre, a tan solo dos meses de la llegada del mandatario a la Casa de Nariño.

Una visión anacrónica

A pesar de que hace 25 años los caminos del debate sobre las sustancias psicoactivas, a la luz de la sentencia de C-221/94, se proyectaba sobre perspectivas de salud pública y el libre desarrollo, hoy el debate oscila entre la penalización y la confiscación.

Muchos sectores pusieron el grito en el cielo debido a que el enfoque de Duque, que, ha sido férreo al poner en disposición el pie de fuerza de la Policía Nacional para librar lo que él denominó la política de ‘el que la hace la paga’, una avanzada que trastocó lo establecido por la ley de 1994, que permitía al consumidor portar su dosis personal.

La razón que expresó Duque fue que la dosis personal sobre la cual dio potestad para incautarla y destruirla: “porque esas sustancias le hacen daño a la salud pública, les hace daño a los niños y son sustancias prohibidas en el espacio público”.

Además, se refirió a los consumidores como personas en ‘libertinaje’ (es decir personas desenfrenadas, (según la definición del diccionario de la RAE).

Para el mandatario, a quien se le encuentre menos de 20 gramos de marihuana o un gramo de cocaína, debe ser multado con $208.000 pesos, siguiendo la línea del Código de Policía del año 2016.

A 25 años de “una oportunidad perdida”

El jurista y columnista de El Espectador, Rodrigo Uprimny, se refirió a propósito de los 25 años de la sentencia C-221/94, haciendo hincapié en el robustecimiento de los argumentos de dicha sentencia de 1994.

Para Uprimny la investigación académica y las experiencias de países como Suiza y Holanda siguen reforzando la idea de que “la penalización del consumo de drogas, que se hace en nombre de la salud, es desastrosa para la salud pública y para los propios consumidores”.

En la columna del pasado domingo 5 de mayo que Rodrigo Uprimny llamó “Una Oportunidad perdida”, el columnista señaló que hace 25 años Colombia había abierto una posibilidad de encaminar la discusión sobre las sustancias psicoactivas desde una política que denominó como “más humana, eficaz y democrática”, sin embargo, que como sociedad hemos malogrado esa gran oportunidad.

La insistente búsqueda por penalizar

Ante viento y marea zarpó y se ha mantenido a flote la sentencia C-221/94 de la Corte Constitucional, a pesar del embiste retrógrado del cual ha sido víctima, especialmente por parte del gobierno del expresidente Álvaro Uribe y del actual presidente Iván Duque.

De hecho, aquel decreto 18-44 que lleva en vigencia desde hace siete meses no se centra en la pedagogía sobre el consumo de sustancias psicoactiva, sino que revive un debate de larga data que parecía empezar a ser superado a partir de la sentencia de Carlos Gaviria.

Pero no, el discurso de la política de Iván Duque sobre el tema de drogas en sus palabras se enfoca, por medio del decreto 18-44, en “dar las herramientas a la fuerza pública, a la policía, para destruir la droga en las calles de nuestras ciudades. Destruir cualquier dosis, por supuesto, y se hacen en lo que yo llamo la continuidad de una política de Estado”.

Un cambio de perspectiva

En varias ocasiones, Carlos Gaviria insistió que era necesario no enfocar el debate sobre las sustancias psicoactivas en la represión, pues la historia ha demostrado que la puesta en marcha del uso de la fuerza para tratar este asunto ha conllevado un aumento del consumo, aumento de la comercialización y aumento de la violencia exponencialmente.

Para Gaviria era necesario conducir el debate a las políticas de la educación, de la salud pública y un camino para la legalización.

Una de las grandes victorias alcanzadas por la sentencia de 1994, entre otras cosas, tiene que ver con la defensa de la libertad y la autonomía de las personas, partiendo desde la base de que estas no interfieran en la autonomía de las otras personas; lo que constituye una parte vital del interés común de una sociedad”.

De esta forma Gaviria logró atrincherar la libertad y la autonomía al hacerle quite a que el Estado no pudiera interferir en una conducta individual, asimismo, para la Corte Constitucional “la dosis personal es un parámetro concebido para distinguir una conducta lícita (el consumo de drogas) de una ilícita (el narcotráfico)”.

Un camino de incertidumbre

Frente a la dirección en que se ha visto avocada la discusión sobre las sustancias psicoactivas, la dosis personal, el porte y el consumo, crece una preocupación que no solo abarca el retorno “argumentativo” desde la moral y la familia, sino en un entramado más estructural al que se refirió Uprimny en su columna del domingo pasado.

Para el columnista la penalización no impide que las persona accedan a las sustancias prohibidas, pero las obliga a consumirlas en condiciones de ilegalidad y bajo constante amenaza policial.

Esto no solo incrementa los riesgos sanitarios para los consumidores, sino que además evita que aquellos con problemas de dependencia busquen ayuda, pues temen la sanción. Y todo es profundamente discriminatorio, pues la penalización recae esencialmente en los pobres y las minorías étnicas.

Para finalizar, este es un fragmento de la sentencia C-221/1994 «Se trata de que cada persona elija su forma de vida, y para lograr ese objetivo, es preciso remover el obstáculo mayor y definitivo: la ignorancia.»

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