Mandato popular por la defensa del agua

Mandato popular por la defensa del agua

Que el recurso hídrico se convierta en patrimonio público

Por: Movimiento Social por la Defensa del Agua
junio 19, 2015
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Mandato popular por la defensa del agua
Imagen Nota Ciudadana

Ciudadanos y ciudadanas de Pasto provenientes del sector rural y de distintos barrios y comunas, mujeres y hombres dedicados a la defensa de la naturaleza y los ecosistemas, investigadores del agua provenientes de la academia, jóvenes universitarios delegados de distintos procesos organizativos del alma mater, delegados y delegadas de movimientos sociales, populares, políticos, y de mujeres, concejales del municipio de Pasto, representantes de organizaciones sindicales y gremiales, reunidos el día sábado seis (6) de junio de dos mil quince (2015) en CABILDO ABIERTO POPULAR Y DEMOCRÀTICO EN DEFENSA DEL AGUA, anunciamos y presentamos a la sociedad de Pasto, Nariño y Colombia el presente MANDATO, previas las siguientes,

I. CONSIDERACIONES:

  1. Que el agua es un elemento esencial para la vida y componente ineludible para la existencia digna de los seres humanos, es un bien social y de uso público articulado al patrimonio de todos, con una elevada connotación cultural dada la inter relación de nuestras comunidades con el territorio y sus elementos.
  2. Que la Corte Constitucional implementa a su línea jurisprudencial sobre el tema del agua, los desarrollos del Comité de Derechos económicos, sociales y culturales, citando la observación 15 de 2002 que considera que el agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud, porque es un condición previa para la realización de otros derechos humanos. Indicando que dicho Comité a expresado que los Estados parte deben implementar mediadas adecuadas para la eficacia de los derechos y libertades implícitos al agua, para lo cual ha considerado que el derecho al agua debe cumplir los siguientes elementos:
  • Debe ser adecuado a la dignidad, la vida y la salud humana.
  • El agua debe tratarse como un bien social y cultural y no como un bien económico.
  • El ejercicio del derecho al agua debe ser de tal forma que sea sostenible tanto para las generaciones actuales como para las futuras.
  1. Que el derecho al agua y el saneamiento son una necesidad básica y desde el año 2010 un derecho humano que cuenta con el reconocimiento de la Asamblea General de las Naciones Unidas, a través de resolución A./64/1.63.
  2. Que bajo los preceptos anteriores la gestión y control del agua debe sostenerse en ámbito de lo público, lo social, lo comunitario bajo criterios de universalidad, equidad, eficacia, eficiencia y despojado de cualquier afán de lucro y acumulación, lo cual comporta la participación y control social, interviniendo no solo en la prestación y suministro a título de servicio, sino acciones efectivas sobre ecosistemas que garanticen la permanencia de su ciclo, lo cual requiere entre otros la adopción de un ordenamiento territorial que interprete los intereses de todas las comunidades ligados directamente en ese entorno.

  3. Que en torno al derecho al agua se mueven valores, principios y garantías para una vida digna que hacen que el mismo este por fuera de los negocios comerciales, adquiriendo la esencia de patrimonio de todos, cuya gestión y provisión debe estar a cargo de la Administración Pública y no al vaivén a las dinámicas y principios del mercado. Por eso en varios países del mundo, el movimiento social y ciudadano en defensa del agua a caracterizado la privatización y el control del agua en manos de una élite negociante como crimen de lesa humanidad

  4. Que el derecho al agua suministrado a través del servicio público, adquiere la condición de monopolio natural al cual la voracidad impuesta desde entidades multilaterales tienen puestos los ojos bajo el criterio de negocio lucrativo En este sentido el impulso a la gestión privada del agua que se esconde bajo eufemismos como modernización, empresarización para el caso de acueductos rurales no es otra cosa que la privatización promovido por entidades como el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional que han condicionado a nuestros países a avanzar en ajustes normativos y fiscales que permitan el manejo privado en el suministro del agua siendo uno de los mayores impulsores de esta política el Banco Interamericano de Desarrollo BID, al que tanto se cita por la Administración Local.

  5. Que los procesos de entrega de la operación del agua al sector privado anula el interés general y la participación democrática que se expresa con sus limitantes a través de los mecanismos de control social en el tema de gobernanza y gestión del abastecimiento, adquiriendo total relevancia la maximización del beneficio o de ganancia a favor del socio operador durante el tiempo que se concede el usufructo.

  6. Que la Administración Municipal en cabeza del Alcalde HAROLD GUERRERO LOPEZ, la JUNTA DIRECTIVA DE EMPOPASTO y su Gerente FERNANDO VARGAS MESIAS, fieles a los postulados y mandatos trazados por el modelo neoliberal han adoptado con una clara intensión de eludir la participación ciudadana y de la corporación de representación popular, un proceso que sugestivamente llaman modernización empresarial el cual esconde la clara pretensión de privatizar la Empresa de Servicios Públicos de Acueducto y Alcantarillado de Pasto, EMPOPASTO S.A ESP. Respondiendo a su estirpe clasista y antidemocrática han avanzado en el desmantelamiento del Sindicato de Trabajadores de Empopasto a través de la implementación de un proceso de retiro compensado que contiene la presión soterrada de una oferta monetaria a título de indemnización o la amenaza de terminación de los contratos sin justa causa con indemnizaciones menores. Cumplida esta etapa se aproximan al proceso de creación de una nueva empresa que denominan EMPOPASTO ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO (EMPOPASTO II), sobre la cual se entregará el 49% de acciones a un operador privado que se encargará del negocio de suministro de agua y alcantarillado por un término de 20 años periodo en el que se entrega el usufructo de un patrimonio de propiedad de los Pastusos a favor de los intereses de ganancia y acumulación de socio estratégico. Por su parte se mantiene la actual Empresa que se encargará de asumir la administración de los pasivos existentes y de las contingencias que puedan presentarse a través de las acciones judiciales, instancia sobre la cual el municipio tendrá la mayoría de acciones, en una fórmula que indica lo bueno del negocio para el socio privado y lo malo para lo público.

  7. Que el proceso de modernización empresarial, hace parte de entramado de privatizaciones que se vienen surtiendo sobre empresas rentables para el estado, como lo es Empopasto sobre la cual se ha mostrado desde distintos escenarios su viabilidad financiera como las auditorias de la Contraloría Municipal, otras de tipo interno y de las conclusiones de las consultorías que indican inexistencia de cualquier situación de iliquidez o amenaza futura que no pueda ser resuelta desde acciones planteadas a instancias de lo público. Que el proceso que culminará con la entrega de la operación de los servicios de agua y alcantarillado a un operador seguramente privado, se revertirá sobre los valores que los usuarios vienen pagando mensualmente por el suministro, como quiera que la rentabilidad o ganancia que busca el particular se transmite al precio final que pagará la ciudadanía, en el marco de las formulas establecidas para el efecto.
    Con fundamento en las consideraciones que se surten desde la discusión popular en el Cabildo, apelando a nuestra condición de poder constituyente originario y depositarios de la soberanía popular, en un ejercicio de poder del pueblo en tanto sujetos políticos

II. EXIGIMOS:

PRIMERO: Se suspenda de parte de la Administración Municipal en cabeza del señor Alcalde HAROLD GUERRERO LOPEZ, LA JUNTA DIRECTIVA DE EMPOPASTO SA ESP, EL GERENTE de la misma el proceso denominado de modernización empresarial dado los vicios de ilegitimidad que afronta en tanto no fue objeto de la intervención y participación ciudadana en un asunto de tanta afectación por la condición de vital y esencial del agua, con lo cual se desconoce el principio de participación previsto en el artículo 2 de la Constitución Nacional.
Que dicha suspensión se sustenta igualmente en los vicios de ilegalidad que estarían afectando las decisiones creación de una nueva persona jurídica para la prestación del servicio, desconociendo los postulados previstos en el artículo 313 de la Constitución Nacional e igualmente los actos de retiro compensado, mismos que generarían acciones judiciales con graves consecuencias administrativas, financieras y fiscales de Empopasto S.A E.S.P.

SEGUNDO: Que las decisiones frente a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Pasto EMPOPASTO S.A ESP, que involucra decisiones sobre gestión del agua y saneamiento, se sometan bajo el amparo de los fines del Estado, previstos en el artículo 2º de la Constitución Nacional como son el servicio a la comunidad, la promoción de la prosperidad general y la garantía en la efectividad de los derechos consagrados en la Carta en especial el de la participación de todos en las decisiones que los afecten a una AMPLIA Y DEMOCRATICA DELIBERACIÓN POPULAR de las Pastusas y Pastusas quienes DECIDAN sobre el rumbo y acciones a implementar en la Empresa Pública en perspectivas de la gestión pública del derecho al agua.

TERCERO: Que los organismos de control como la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la del municipio de Pasto, la Personería Municipal, haciendo uso de sus potestades preventivas y sancionatorias en materia disciplinaria y fiscal, intervengan de manera efectiva en cumplimiento de sus deberes constitucionales y legales en defensa del patrimonio público y el interés general, coadyuvando además en las acciones públicas que desde la ciudadanía se establezcan en instancias judiciales.

CUARTO: Que las personas que postulan sus nombres como candidatos a la Alcaldía de Pasto, asuman el compromiso con la ciudadanía de acatar este mandato y en tal sentido, disponer desde su eventual elección como Alcalde y en el ejercicio mismo de su cargo a partir del 1 de enero de 2016, acciones administrativas que reviertan las decisiones inconvenientes, inconsultas e ilegales del proceso de modernización empresarial de Empopasto S.A E.S.P, convocando de manera inmediata al acto de posesión de su cargo, un escenario de deliberación ciudadana y popular que fije el rumbo en la gestión del agua y saneamiento básico de nuestra ciudad y los desarrollos posteriores de Empopasto S.A E.S.P como entidad de carácter público y patrimonio del pueblo pastuso.

Para la consecución de estos propósitos asumimos los siguientes:

III. COMPROMISOS CON EL PUEBLO DE PASTO.

  1. Como MOVIMIENTO SOCIAL POR LA DEFENSA DEL AGUA, asumimos el compromiso de hacer respetar y que se cumplan los contenidos y exigencias de este mandato, para lo cual legitimados en la presencia masiva de ciudadanía en el CABILDO ABIERTO POPULAR Y DEMOCRÀTICO, sostendremos nuestras acciones de convocatoria y dialogo con ciudadanía en perspectiva de aclarar las reales intenciones de privatización en la gestión del agua y de la Empresa Empopasto S.A E.S.P.
  2. Como MOVIMIENTO SOCIAL POR LA DEFENSA DEL AGUA, asumimos el compromiso de crecer en la convocatoria ciudadana que nos permita la ejecución de acciones de movilización que culminen en una jornada cívica y popular por la dignidad y el respeto a los derechos de las Pastusas y Pastusos, lo cual contempla la desobediencia civil en perspectivas de que la Administración haga descender como le corresponde, las decisiones sobre temas esenciales para los seres humanos como el agua a la participación de todos.
  3. Como MOVIMIENTO SOCIAL POR LA DEFENSA DEL AGUA, articularemos a las acciones de movilización, concientización sobre la inconveniencia de la privatización del agua acciones jurídicas que permitan atacar la posible ilegalidad de los actos que se produzcan y se hayan producido en el proceso de modernización empresarial de Empopasto S.A ESP, anunciando como prioridad la movilización social como elemento que le ha permitido al pueblo colombiano arrancar reivindicaciones a su favor y respeto por sus derechos.
    EL PUEBLO HABLA, EL PUEBLO MANDA.
    Dado en Pasto, en el CABILDO ABIERTO POPULAR Y DEMOCRÁTICO, a los seis (6) días del mes del junio de dos mil quince (2015),
    EL AGUA COMO LA VIDA, NO SON UNA MERCANCÍA.
    EL AGUA Y EMPOPASTO NO SE VENDEN PORQUE EL PUEBLO LAS DEFIENDE.
    MOVIMIENTO SOCIAL POR LA DEFENSA DEL AGUA.
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