Reforma tributaria, una muestra de la innegable defensa del gobierno a las élites

Reforma tributaria, una muestra de la innegable defensa del gobierno a las élites

Con el artículo 420 del Estatuto Tributario, que tiene que ver con gravar la venta de viviendas usadas, se le daría un fuerte golpe a la pequeña empresa inmobiliaria

Por: Edison Alexander Cardenas Yaqueno
noviembre 24, 2018
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Reforma tributaria, una muestra de la innegable defensa del gobierno a las élites
Foto: Las2orillas / Pixabay

José Andrés Romero, jefe de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), se pronunció frente a la polémica que se generó por la pretensión del gobierno de gravar la venta de viviendas usadas, que estaría contemplada en la ley de financiamiento, presentada el pasado miércoles 31 de octubre al Congreso de la República, en el literal "a" del artículo 420 del Estatuto Tributario, el cual establece impuestos a las ventas de bienes inmuebles.

Si bien la intención del gobierno no es gravar los activos fijos ni la primera venta de unidades de vivienda nueva por debajo de 26.800 UVT (888.580.800), la cual estaría gravada con un 5% del valor de la venta, lo que quiere decir que estaría exento de IVA siempre y cuando la vivienda sea nueva o lleve un uso superior a dos años, “hay que tener en cuenta que el artículo 420 del estatuto tributario establece que la venta de activos fijos no está gravada con el IVA. Es totalmente claro y quiero darles la tranquilidad a todos los colombianos de que la venta de vivienda usada no está gravada con IVA y que los quieren venderla para comprar otra no va a estar gravada con el IVA”, como aclaró el director.

Lo anterior significa que sí va afectar a las personas que se dedican a la compraventa. "Esas personas sí van a generar un IVA a la compra y a la venta porque no es un activo fijo. La norma general es que los activos fijos, que son las viviendas que tienen las personas, no van a generar IVA y esa norma tiene que seguir siendo interpretada y aplicada de esa manera”. Entonces, miremos más de cerca, si bien podremos comprar y vender propiedades usadas, para los ojos del Estado estas no serán consecuencia de impuestos siempre y cuando la propiedad sea habitada por al menos 2 años, para que esta sea reconocida como activo fijo, con lo cual las personas u empresas que se dedican a la compraventa de bienes inmuebles estarían impedidas para comercializarlas, pues a estos bienes los gravarían con el 18% del total de la venta. Verbigracia, si uno compra una propiedad por el valor de 100 millones este año para el próximo tan solo para recuperar el dinero tendría que aumentar el valor de la propiedad en un 21.95% , tal incremento es tan exagerado que haría casi imposible tener lucro, por lo cual las empresas inmobiliarias pequeñas estarían cohibidas al mercado.

Pero ¿qué intenciones tiene el gobierno con esta modificación? Pues sin tocar asuntos técnicos económicos, podemos sospechar que tal obstáculo esta impuesto con el afán de que todo el mercado inmobiliario lo controlen las grandes empresas que cuentan con el dinero suficiente para construir edificios de apartamentos, los cuales estarían exentos de IVA por ser propiedades inmuebles de primera venta. Con dicho beneficio se vuelve más atractivo y asequible comprar un apartamento o casa nueva que una vivienda usada, así quitarían la competencia del camino, las personas no tendrían más remedio que comprarles y las personas dedicadas a la compraventa se quedarían sin trabajo.

Esto recuerda al gobierno plutocrático del Perú en los años 60, donde la burocracia era tan brutal que el Estado ahogaba cualquier intento de emerger para defender el estatus de las élites. Ahora Colombia usa el IVA para ese fin, es innegable la defensa de este gobierno a las élites y el desdén por la clase media.

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