El infernal ruido de las motos que se toman Bogotá

El infernal ruido de las motos que se toman Bogotá

Cada vez hay más hechizas, sobre todo de domiciliarios, en las que a un marco de bicicleta se ha incorporado un motor de quinta que es un estruendo andante

Por: Felipe Quesada
noviembre 24, 2021
Este es un espacio de expresión libre e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2orillas.
El infernal ruido de las motos que se toman Bogotá
Foto: Pixabay

Las motos violan el derecho de las mayorías a vivir en ambientes tranquilos.

El problema del exceso de ruido en Bogotá (y en general en las ciudades colombianas) va de mal en peor.

En las calles pululan cada vez más motocicletas hechizas, sobre todo de domiciliarios, en las que a un marco de bicicleta se ha incorporado un motor de quinta que es un estruendo andante.

En el país existen normas que establecen los niveles máximos de ruido permitidos, que tanto los fabricantes de estas motos hechizas como sus propietarios o conductores están violando abiertamente.

Según el artículo 9 de la Resolución 627 de 2006 del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en zonas de tranquilidad y silencio (hospitales, bibliotecas, guarderías, sanatorios, hogares geriátricos) el nivel máximo permitido de ruido es de 55 dB en el día y 50 dB de noche.

Y en zonas de tranquilidad y ruido moderado, que incluyen zonas residenciales (o exclusivamente destinadas a desarrollo habitacional), hotelería, hospedajes, universidades, colegios, escuelas, centros de estudio/investigación y parques urbanos distintos a los parques mecánicos al aire libre, los máximos permitidos son 65 dB de día y 55 dB de noche.

Por lo mismo, uno como ciudadano está en todo su derecho de exigir a las autoridades que no se hagan de la vista gorda y hagan cumplir la ley ya escrita para sacar de circulación estas motos tan ruidosas, así como desincentivar la fabricación de nuevas a manos de avivatos que están haciendo su agosto.

Las sanciones aplicables (art. 85 de Ley 99 de 1993), que incluyen cuantiosas multas o suspensión de licencia, son bastante enérgicas, si de verdad se aplican, como para ayudar a sacar de circulación estos vehículos tan ruidosos, que se han vuelto una pesadilla.

Se puede incluso exigir al usuario que, si quiere seguir usando el vehículo, le adapte un silenciador o algo por el estilo. O de lo contrario, proceder al decomiso por reincidencia.

Es comprensible que muchas personas que ahora derivan su sustento de los domicilios hayan recurrido a estos artefactos hechizos a falta del dinero suficiente para comprar una moto de verdad, no tan ruidosa.

Pero su estruendo no puede seguir ocurriendo a expensas del derecho de las mayorías a vivir en ambientes tranquilos.

Sigue a Las2orillas.co en Google News
-.
0
Nota Ciudadana
Las EPS, ¿homicidas por omisión?

Las EPS, ¿homicidas por omisión?

Nota Ciudadana
Escribo poemas para trascender el tiempo

Escribo poemas para trascender el tiempo

Los comentarios son realizados por los usuarios del portal y no representan la opinión ni el pensamiento de Las2Orillas.CO
Lo invitamos a leer y a debatir de forma respetuosa.
-
comments powered by Disqus
--Publicidad--