¿Discrimina la biblioteca pública de Arauca a las personas en situación de discapacidad?

¿Discrimina la biblioteca pública de Arauca a las personas en situación de discapacidad?

"Si una persona con alguna discapacidad motriz quiere leer un libro, debe solicitarle al favor a otra para que suba, lo busque y se lo traiga"

Por: Orlando Gaviria Giraldo
septiembre 20, 2017
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¿Discrimina la biblioteca pública de Arauca a las personas en situación de discapacidad?

La Ley 1618 de 2013, “Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad”, establece:

Artículo 14: Acceso y accesibilidad. Como manifestación directa de la igualdad material y con el objetivo de fomentar la vida autónoma e independiente de las personas con discapacidad, las entidades del orden nacional [...] y local garantizarán el acceso de estas personas, en igualdad de condiciones, al entorno físico…el espacio público, los bienes públicos, los lugares abiertos al público [...] tanto en zonas urbanas como rurales. Para garantizarlo se adoptarán las siguientes medidas: 3. Las entidades municipales [...] deberán diseñar, en un término no mayor a 1 año, un plan de adecuación de vías y espacios públicos, así como de accesibilidad al espacio público y a los bienes públicos de su circunscripción.

Artículo 17. Derecho a la cultura. El Estado garantizará el derecho a la cultura de las personas con discapacidad [...] Para garantizar el ejercicio total y efectivo del derecho a la cultura, el Ministerio de Cultura deberá velar por la inclusión de las personas con discapacidad a los servicios culturales que se ofrecen a los demás ciudadanos, debiendo adoptar las siguientes medidas: 2. Garantizar que las entidades culturales, los espacios y monumentos culturales cumplan con las normas de [...] accesibilidad ambiental y arquitectónica para la población con discapacidad.

En la biblioteca pública del municipio de Arauca, Raúl Loyo Rojas, las directrices establecidas en la Ley 1618 de 2013 no se cumplen, son letra muerta. Las personas en situación de discapacidad, sobre todo las que se movilizan en silla de ruedas no pueden acceder a la sala de lectura puesto que esta está ubicada en el segundo piso de la edificación, que no cuenta con rampa ni mucho menos con ascensor. Si una persona con alguna discapacidad motriz quiere leer un libro, debe solicitarle al favor a otra para que suba, lo busque y se lo traiga. Es decir, la sala de lectura de la biblioteca pública del municipio de Arauca es funcional única y exclusivamente para personas sin discapacidad motriz alguna. Situación de discriminación inverosímil y contraria a la ley.

Como la biblioteca pertenece a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas del Ministerio de Cultura, esta cartera es corresponsable, junto con el alcalde de Arauca y la bibliotecaria, de la violación de los derechos a la movilidad y la cultura de las personas en situación de discapacidad. El Ministerio de Cultura porque de vez en vez envía agentes para coordinar programas de lectura en dicha biblioteca. El alcalde porque a través de derechos de petición y de acuerdos municipales se le ha pedido que cumpla con la ley.  Y la bibliotecaria porque lleva más de 10 años en el cargo y no hecho nada para gestionar la rampa o el ascensor. A todos les importa un pepino la suerte de las personas que tienen dificultades motrices. ¿Los agentes del Ministerio de Cultura, el alcalde de Arauca y la señora bibliotecaria no sabrán que existen leyes que protegen a las personas con discapacidad? ¿No es inverosímil que las personas encargadas de promover la cultura no lean leyes y decretos? ¿Tiene presentación alguna que el Ministerio de Cultura permita semejante situación?

Ante la petición de la comunidad para la construcción de la rampa o la instalación de un ascensor en la biblioteca la administración municipal, secundada por algunos concejales de Cambio Radical, aduce que “van a estudiar la viabilidad” o que “no hay recursos” o que hay que hacer primero un “estudio técnico y financiero”. Es decir, para la alcaldía de Arauca los derechos humanos ya no son inalienables, y se cumplen siempre y cuando haya recursos o estudios, estudios que por lo visto jamás se llevarán a cabo, porque “no hay” recursos, el dinero está destinado para proyectos “más importantes”. Por ejemplo, el año pasado en la biblioteca se ejecutó ¡en tan solo dos meses! Un contratico por doscientos cincuenta y cinco millones de pesos, para “el fortalecimiento del programa Arauca lee y escribe para la promoción de la lectura, la escritura y el acceso a bibliotecas en el municipio de Arauca”.

Pregunta: ¿Puede alguna persona, un niño, por ejemplo, aprender a leer en tan solo dos meses? Como la respuesta es no, la alcaldía remata con otro contratico, esta vez por  doscientos cincuenta y cinco millones de pesos, que se ejecutará en…la biblioteca pública del municipio de Arauca, para la que no hay recursos para la rampa o el ascensor que garantice la accesibilidad de las personas en situación de discapacidad. ¿Y cuál contratista ejecutará el contrato? Pues el mismo del anterior, la Fundación Acción Positiva, faltaba más.

Es decir, en el municipio de Arauca sí hay dinero para ejecutar, pero para garantizar los derechos fundamentales de las personas en situación de discapacidad, no, cero pollitos. Y el Ministerio de Cultura ni se da por enterado del asunto.

Esta historia está como para escribir un cuento titulado: En Arauca habitan ciudadanos de primera, y ciudadanos de segunda.

 

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