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Una nueva controversia política se ha desatado alrededor de las reuniones celebradas en Valledupar, en octubre de 2025, entre representantes del gobierno del presidente Gustavo Petro y antiguos jefes paramilitares de las sanguinarias Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), designados como Gestores de paz para contribuir al cierre de los compromisos pendientes del proceso de Justicia y Paz.
Diversos medios de la corporación mediática hegemónica, dirigentes políticos y algunos protagonistas de esas conversaciones, como el señor Mancuso y el orate de Angie Rodríguez, han difundido versiones sobre la existencia de un supuesto «Pacto de Valledupar», mediante el cual se habrían establecido compromisos dirigidos a afectar políticamente a Álvaro Uribe Vélez, Abelardo de la Espriella y Germán Vargas Lleras (qepd).
La gravedad de estas acusaciones exige un esclarecimiento riguroso. No basta con divulgar declaraciones individuales, interpretaciones periodísticas amañadas como las de Semana o documentos cuya autenticidad se encuentra controvertida. Es indispensable determinar qué se discutió realmente, cuáles compromisos fueron adoptados, quiénes participaron en las decisiones y qué obligaciones asumieron los antiguos jefes paramilitares frente al Estado y las víctimas.
La transparencia, la publicidad de los documentos y la verificación de los hechos deben prevalecer sobre las especulaciones y las disputas políticas.
Los verdaderos pactos del paramilitarismo.
Colombia tiene una larga y dolorosa experiencia con los pactos políticos del paramilitarismo. Durante los primeros años del siglo XXI, dirigentes regionales y nacionales establecieron alianzas con estructuras de las AUC para controlar elecciones, influir sobre las administraciones públicas, apropiarse de recursos estatales y consolidar poderes territoriales.
Entre esos acuerdos se encuentran el Pacto de Ralito, suscrito en julio de 2001; el Pacto de Chivolo, de septiembre de 2000; y otros compromisos conocidos como los pactos de Pivijay, El Granadazo, El Cañito, Urabá, El Difícil, Barranco de Loba y Casanare.
Aquellos acuerdos, investigados en el marco de la parapolítica, estuvieron relacionados con procesos de captura institucional y subordinación de sectores de la representación política a organizaciones armadas responsables de masacres, desplazamientos forzados, desapariciones y despojo de tierras.
Su propósito no era esclarecer la verdad sobre el paramilitarismo ni reparar a las víctimas. Por el contrario, buscaban consolidar estructuras de poder político, económico y territorial mediante alianzas con organizaciones ilegales.
El Pacto de Ralito de 2001, con su pretensión de «refundar la patria», constituye uno de los ejemplos más significativos de esa articulación entre violencia paramilitar y el poder político de la ultraderecha.
Esa historia no puede olvidarse. Pero tampoco debe utilizarse indiscriminadamente la palabra «pacto» para equiparar acontecimientos de naturaleza diferente.
Una cosa fueron los acuerdos clandestinos entre gamonales políticos y estructuras paramilitares para capturar instituciones democráticas, y otra las reuniones adelantadas por autoridades gubernamentales con antiguos comandantes de las AUC en el marco de una política pública de paz.
Esta diferencia no significa que las actuaciones gubernamentales estén exentas de control. Por el contrario, obliga a examinar su legalidad, transparencia y resultados.
Justicia y Paz: veinte años de compromisos pendientes.
Para comprender lo sucedido en Valledupar es necesario reconstruir sus antecedentes institucionales.
La Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, estableció un marco jurídico para la reincorporación de integrantes de grupos armados organizados al margen de la ley, condicionado al cumplimiento de obligaciones relacionadas con la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.
Su aplicación estuvo vinculada con el proceso de negociación y desmovilización de las AUC adelantado durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, cuyos antecedentes incluyen los acuerdos de Santa Fe de Ralito de 2003.
Dos décadas después, ese proceso continuaba enfrentando dificultades considerables.
Persistían actuaciones judiciales pendientes, problemas relacionados con la entrega de bienes, reclamaciones de las víctimas, necesidades de esclarecimiento histórico y situaciones jurídicas que requerían una respuesta institucional.
El paso del tiempo no había significado el cumplimiento integral de las obligaciones asumidas por los antiguos comandantes paramilitares.
Precisamente por ello, el gobierno del presidente Gustavo Petro promovió una iniciativa orientada a realizar un balance de los resultados de Justicia y Paz y avanzar en el tratamiento de los asuntos pendientes del proceso de desmovilización.
Esta decisión puede ser objeto de controversia política y jurídica, como cualquier actuación gubernamental. Sin embargo, su legitimidad debe examinarse a partir de sus fundamentos normativos, sus procedimientos y sus resultados, no mediante la atribución automática de propósitos clandestinos como lo hace Gilinski con la revista Semana.
La designación de los Gestores de paz.
El 8 de noviembre de 2024, mediante la Resolución 453, el gobierno nacional designó inicialmente a dieciocho antiguos integrantes de organizaciones paramilitares como gestores de paz.
Entre ellos se encontraban Salvatore Mancuso Gómez, Rodrigo Tovar Pupo, Diego Fernando Murillo Bejarano, Carlos Mario Jiménez Naranjo, Hernán Giraldo Serna y otros antiguos comandantes de las AUC.
Posteriormente, mediante la Resolución 152 del 8 de mayo de 2025, se prorrogó la designación de dieciséis de ellos.
El 21 de septiembre de 2025, a través de la Resolución Ejecutiva 327, el gobierno volvió a designar a dieciséis antiguos integrantes de organizaciones paramilitares como gestores de paz, con el propósito de avanzar en el balance del proceso de Justicia y Paz y contribuir al cumplimiento de compromisos pendientes.
Estas designaciones no significaban, por sí mismas, la eliminación de responsabilidades penales, la concesión automática de beneficios judiciales o la extinción de las obligaciones con las víctimas.
Por el contrario, la participación de los antiguos comandantes debía estar vinculada con compromisos verificables de esclarecimiento, reparación y colaboración con las autoridades competentes.
El problema fundamental no consiste, entonces, en que el Estado dialogue con antiguos responsables del paramilitarismo. La cuestión decisiva es determinar para qué se realizan esas conversaciones, cuáles son sus fundamentos jurídicos y qué resultados concretos producen en beneficio de las víctimas y de la sociedad.
¿Qué ocurrió realmente en Valledupar?
En desarrollo de la Resolución 327 de 2025 se adelantaron reuniones preparatorias entre representantes gubernamentales y los gestores de paz.
Posteriormente, entre el 22 y el 24 de octubre de 2025, se realizaron encuentros presenciales en Valledupar, departamento del Cesar, para examinar los compromisos pendientes del proceso de desmovilización y establecer una ruta de trabajo.
Participé en esas reuniones en calidad de asesor del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre).
Por esa razón, considero necesario aportar mi testimonio sobre el propósito y el alcance de las conversaciones.
En las sesiones en las que participé, los asuntos examinados estuvieron relacionados con la culminación del proceso de Justicia y Paz, las obligaciones de los gestores de paz, el esclarecimiento de la verdad, la reparación de las víctimas y la necesidad de establecer planes de trabajo verificables.
No conocí ni participé en la formulación de un acuerdo dirigido a fabricar acusaciones contra dirigentes políticos, intervenir en campañas electorales o comprometer al Gobierno en actuaciones contrarias a la ley.
Esta afirmación corresponde a mi experiencia directa en aquellas reuniones.
De los encuentros de Valledupar surgió una declaración conjunta fechada el 24 de octubre de 2025, relacionada con el cierre del proceso de paz con las extintas autodefensas.
Los temas centrales estuvieron vinculados con la verdad, la justicia, la reparación integral, las garantías de no repetición y la elaboración de planes de trabajo por parte de los gestores de paz.
Por tanto, el debate público debería comenzar por un examen completo de ese documento y de los actos administrativos que dieron origen a las reuniones.
Los documentos deben hablar por sí mismos.
La controversia actual revela un problema que debe abordarse sin ambigüedades: los procesos de paz necesitan mecanismos sólidos de publicidad, documentación y rendición de cuentas.
La confidencialidad puede resultar necesaria en determinadas etapas de una negociación. Sin embargo, no puede convertirse en una justificación para mantener indefinidamente en la oscuridad decisiones que comprometen responsabilidades estatales, derechos de las víctimas o eventuales obligaciones de los participantes.
En este caso, la transparencia exige establecer con precisión cuál fue el contenido de las conversaciones de Valledupar.
Por ello, considero necesario que las autoridades competentes faciliten el conocimiento público de las resoluciones de designación de los gestores de paz, las actas y agendas de las reuniones, la declaración conjunta del 24 de octubre de 2025, los planes de trabajo presentados por los antiguos comandantes y los informes institucionales sobre el cumplimiento de los compromisos asumidos.
Esta publicidad debe respetar las reservas legales justificadas, la protección de las víctimas y las garantías de quienes colaboren con el esclarecimiento de hechos delictivos.
Pero también debe permitir distinguir entre documentos auténticos y versiones no verificadas.
No es lo mismo una propuesta discutida durante una reunión que una decisión formalmente adoptada. Tampoco puede confundirse una declaración política con un acto administrativo, ni una solicitud presentada por un gestor de paz con un compromiso aceptado por el Gobierno.
Estas diferencias son esenciales para determinar responsabilidades y evitar interpretaciones equivocadas.
La transparencia no consiste simplemente en divulgar documentos. También exige explicar su origen, su autenticidad, sus efectos jurídicos y su relación con las actuaciones posteriores.
Si existen documentos diferentes de la declaración pública del 24 de octubre de 2025, corresponde establecer su procedencia, sus autores, sus firmantes y su verdadero alcance.
Si se formularon propuestas que nunca fueron aceptadas, esa circunstancia también debe esclarecerse.
Y si alguna autoridad considera que pudieron cometerse irregularidades, debe acudir a los procedimientos institucionales y judiciales correspondientes.
Los planes de trabajo y el cumplimiento de los compromisos.
Uno de los aspectos más importantes del proceso es la elaboración de los planes de trabajo de los gestores de paz.
Estos instrumentos deben permitir establecer qué actividades asumió cada uno, cuáles resultados se esperaban y qué mecanismos institucionales se dispusieron para verificar su cumplimiento.
En particular, los planes deberían precisar los compromisos relacionados con el esclarecimiento de hechos de violencia, la identificación de responsables, la información sobre bienes obtenidos ilegalmente, la reparación de las víctimas y las garantías de no repetición.
También deberían establecer responsables, cronogramas, productos verificables y mecanismos de seguimiento.
No basta con que antiguos comandantes paramilitares manifiesten su disposición a contribuir a la paz.
Después de dos décadas, la sociedad colombiana tiene derecho a conocer qué información nueva han entregado, qué bienes han contribuido a recuperar, cuáles obligaciones permanecen pendientes y qué resultados concretos han producido sus actuaciones.
Los planes de trabajo, sus modificaciones y los informes de ejecución constituyen, por tanto, elementos fundamentales para evaluar la seriedad del proceso.
Esta exigencia de publicidad tiene además un respaldo institucional importante.
En abril de 2026 se conoció una decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca relacionada con la obligación de responder solicitudes de información sobre las actividades y compromisos de los gestores de paz provenientes de las antiguas AUC.
La importancia de esta actuación radica en que reafirma la necesidad de que las entidades estatales respondan las solicitudes ciudadanas y expliquen las actuaciones adelantadas en desarrollo de la política de paz.
Los planes de trabajo tampoco sustituyen las obligaciones judiciales impuestas en el marco de Justicia y Paz ni pueden modificar las competencias de los tribunales, la Fiscalía o las demás autoridades.
El cierre administrativo o político de un proceso no puede significar el desconocimiento de los derechos de las víctimas ni la terminación automática de responsabilidades establecidas por la justicia.
Los cuestionamientos jurídicos también deben esclarecerse.
La defensa de la transparencia exige reconocer que las decisiones gubernamentales relacionadas con los gestores de paz han suscitado controversias jurídicas.
En noviembre de 2025, la Defensoría del Pueblo promovió una demanda de nulidad contra la Resolución Ejecutiva 327 de 2025, al plantear cuestionamientos sobre las competencias institucionales y las posibles implicaciones de esa decisión para los derechos de las víctimas.
La existencia de esta controversia no demuestra, por sí misma, que las actuaciones del Gobierno hayan sido ilegales.
Pero tampoco puede ignorarse.
Corresponde a la jurisdicción competente examinar los argumentos de las partes y determinar la conformidad de los actos administrativos con el ordenamiento jurídico.
Esta circunstancia permite introducir una consideración fundamental: la legitimidad de una política de paz depende tanto de sus objetivos como del respeto a las competencias institucionales, los procedimientos legales y los derechos fundamentales.
Por ello, cualquier evaluación del proceso de Valledupar debe comprender sus dimensiones políticas, administrativas y judiciales.
La transparencia también implica reconocer las controversias jurídicas y permitir que sean resueltas mediante los mecanismos propios del Estado de derecho.
Las víctimas deben ocupar el centro del debate.
Existe otro aspecto que no puede quedar subordinado a las controversias entre dirigentes políticos: los derechos de las víctimas del paramilitarismo.
La historia de las AUC está marcada por masacres, desplazamientos forzados, desapariciones, despojo de tierras, violencia sexual y múltiples formas de persecución contra comunidades campesinas, indígenas, afrodescendientes, organizaciones sociales y sectores populares.
La magnitud de estos crímenes impone obligaciones que no desaparecen con el transcurso del tiempo.
Por ello, cualquier iniciativa encaminada a cerrar los asuntos pendientes del proceso de desmovilización debe responder a preguntas fundamentales.
¿Qué ocurrió con los bienes entregados para reparar a las víctimas?
¿Qué información permanece oculta sobre las relaciones entre paramilitarismo, poder político y sectores económicos?
¿Qué avances se han producido en la identificación de responsables de crímenes todavía no esclarecidos?
¿Qué garantías existen para impedir la repetición de estas prácticas?
¿De qué manera participan las organizaciones de víctimas en la evaluación de los compromisos?
Estas preguntas deberían ocupar un lugar central en la discusión sobre Valledupar.
La legitimidad de un proceso de paz no puede medirse exclusivamente por los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y los antiguos integrantes de organizaciones armadas.
Debe evaluarse, principalmente, por su contribución efectiva a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
Una controversia que exige pruebas, no especulaciones.
Las recientes informaciones sobre la existencia de documentos con supuestos compromisos políticos han generado interrogantes legítimos.
Pero esos interrogantes no autorizan a convertir afirmaciones controvertidas en verdades definitivas.
Tampoco resulta razonable desconocer los documentos oficiales o los testimonios de quienes participaron en las reuniones.
El país necesita una reconstrucción documental de lo sucedido.
En ese propósito, resulta igualmente importante que las personas que participaron en las conversaciones puedan ofrecer sus testimonios y que las instituciones preserven la totalidad de los registros disponibles.
La transparencia protege tanto el derecho de la ciudadanía a conocer las actuaciones del Gobierno como las garantías de quienes puedan resultar afectados por acusaciones sin suficiente fundamento.
El verdadero debate no debería consistir en determinar qué sector político obtiene mayores ventajas de la controversia, sino en establecer si las reuniones de Valledupar contribuyeron efectivamente al cumplimiento de las obligaciones pendientes del proceso de Justicia y Paz.
El verdadero debate sobre el cierre de Justicia y Paz.
La discusión de fondo es más amplia que el denominado Pacto de Valledupar.
Se trata de establecer si el Estado colombiano está en condiciones de concluir adecuadamente un proceso de desmovilización iniciado hace más de veinte años, sin sacrificar los derechos de las víctimas ni desconocer las responsabilidades pendientes.
Ese objetivo exige una evaluación seria de los resultados de la Ley 975 de 2005.
También requiere reconocer las limitaciones del modelo de Justicia y Paz, las dificultades para recuperar bienes, los retrasos judiciales y la persistencia de redes económicas y políticas relacionadas con el paramilitarismo.
En este sentido, la iniciativa promovida durante el gobierno de Gustavo Petro debe examinarse a partir de sus resultados y de su correspondencia con los principios constitucionales.
Si permitió obtener información relevante, impulsar reparaciones y fortalecer las garantías de no repetición, esos avances deberán reconocerse.
Si presentó deficiencias, falta de publicidad o problemas de coordinación institucional, deberán identificarse y corregirse.
Lo que no resulta aceptable es reemplazar esta evaluación por una confrontación política que termine desplazando a las víctimas y oscureciendo los verdaderos compromisos del proceso.
Conclusión: la transparencia es la mejor respuesta.
La pregunta que da título a este artículo —¿Cuál Pacto de Valledupar?— no pretende negar la existencia de las reuniones ni desconocer la legitimidad de las investigaciones sobre sus resultados.
Busca establecer una diferencia fundamental entre los hechos documentados y las interpretaciones políticas que se han construido alrededor de ellos.
En octubre de 2025 se celebraron reuniones entre representantes del gobierno de Gustavo Petro y antiguos comandantes paramilitares designados como gestores de paz.
Esas reuniones tuvieron un fundamento administrativo y estuvieron relacionadas con los asuntos pendientes del proceso de Justicia y Paz.
De ellas surgió una declaración pública y se planteó la elaboración de planes de trabajo orientados al cumplimiento de compromisos de verdad, justicia, reparación y no repetición.
Mi participación en aquellas reuniones me permite afirmar que no conocí un acuerdo destinado a utilizar políticamente a los antiguos comandantes paramilitares contra dirigentes de la oposición.
Pero el esclarecimiento definitivo de cualquier controversia exige algo más que testimonios personales: requiere documentos auténticos, información completa y verificación institucional.
Por ello, la mejor respuesta frente a las acusaciones consiste en hacer públicos los documentos pertinentes, explicar las decisiones adoptadas y permitir que las autoridades competentes examinen cualquier señalamiento que lo amerite.
La transparencia no debilita los procesos de paz. Los fortalece, porque impide que los compromisos con la verdad y las víctimas queden subordinados a intereses políticos o a disputas entre sus protagonistas.
Después de tantos años de violencia paramilitar, Colombia tiene derecho a conocer no solamente los acuerdos que se alcanzaron en Valledupar, sino también los resultados concretos que esos compromisos pueden ofrecer a las víctimas y a la sociedad.
Porque la paz no se construye mediante pactos ocultos ni mediante acusaciones sin pruebas.
Se construye con verdad verificable, responsabilidades claras, reparación efectiva y plena transparencia ante la ciudadanía.
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