Una nueva era para el trabajo: la reforma laboral que todos estábamos esperando

Una nueva era para el trabajo: la reforma laboral que todos estábamos esperando

Trabajadores, jóvenes, vendedores de barrios, sindicatos y la población trabajadora de Colombia somos actores del presente momento histórico transformador

Por: Danna Vargas
abril 12, 2023
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Una nueva era para el trabajo: la reforma laboral que todos estábamos esperando

Eran los años 90’s y el país se enfrentaba a una cruda guerra contra el narcotráfico, a un número elevado de homicidios y atentados recurrentes contra la población civil; Colombia, el país donde la violencia de todo tipo es la noticia matutina y naturalizada en su población. No obstante, en el ambiente popular, se planeaba cada detalle para desarrollar las elecciones que permitirían elegir, Senado y Cámara de Representantes, Alcaldes, Juntas Administradoras Locales y demás. Entre centenares de estrategias para llevar a cabo la Asamblea Nacional Constituyente de 1991, surgió la más importante, la de un grupo de jóvenes que repartía en cada calle, barrio y lugar un volante recortable para que los votantes depositaran en las urnas la “Séptima Papeleta”, estrategia que permitió que, aunque las bombas reventaran en Bogotá, se redactara una gran Constitución.

Su articulado intentó recoger casi todos los pedimentos del territorio nacional y logró modificar en su totalidad la obsoleta Constitución de 1886, especificando de manera novedosa una lista de derechos fundamentales y humanos con su respectivo mecanismo de protección. Por supuesto que la clase trabajadora, no podía ser excluida de dicha participación democrática, ni mucho menos era posible desconocer las luchas obreras que se iniciaron cuando hablar del derecho fundamental de sindicalización en Colombia, era totalmente inconcebible, es así, como se gestó en la Gaceta del Senado el núcleo esencial del artículo 53 constitucional describiendo que: “Los derechos sindicales y laborales son parte integrante de los Derechos Humanos y estos, a su vez, son factores esenciales e individuales de la democracia” (Garzón, 1991) El artículo 53 de la Constitución Política de 1991, otorgó una carta de navegación en el mundo del trabajo y desarrolló los principios mínimos fundamentales del derecho laboral.

Si bien es cierto que el avance en el reconocimiento de derechos laborales a nivel constitucional fue un acto loable para los trabajadores en el año 1991 y en adelante, no es un secreto que también tomó fuerza la renuencia de los empleadores en cumplir con el mandato constitucional en torno a las garantías laborales y sindicales como resultado de la implementación de las políticas neoliberales en el mercado laboral colombiano recortando los costos laborales para “aumentar la competitividad y la productividad” con el propósito de alcanzar mayores ganancias a costa de la precarización de las condiciones laborales de la población trabajadora del país, tal como reza la teoría neoliberal.

Pocos años más tarde, se expidió la Ley 789 de 2002, la cual estableció que los recargos nocturnos de los trabajadores debían dejar de pagarse desde las 6:00 P.M. para empezar a pagarse desde las 10:00 P.M., sin embargo, “por su gran generosidad” con la clase trabajadora, se estableció finalmente, que se debían comenzar a pagar desde las 9:00 P.M., generando un detrimento económico en los bolsillos de los trabajadores y un mayor enriquecimiento para los empresarios, dando origen a cuestionamientos frente a la hora en la que se hace de noche en el territorio nacional para el legislador y el ejecutivo.

No satisfechos con confundir intencionalmente el día y la noche, la norma redujo el pago en un 25% de los dominicales y festivos, modificó la tabla indemnizatoria por despido sin justa causa a la mitad y eliminó el carácter laboral del contrato de aprendizaje, medidas todas encaminadas a empobrecer y vulnerar a la clase trabajadora. Con la misma intención de disminuir salarios y cercenar derechos laborales y de seguridad social, se aprobó la ley 100 de 1993, el acto legislativo del 2005, normas que cerraron radicalmente la posibilidad de acceder a pensiones dignas y que beneficien los trabajadores.

Transcurría el tiempo y con él, la creatividad legislativa y empresarial para prolongar y empeorar las condiciones laborales de los trabajadores colombianos y, al ser un país que anhela estar a la moda, procedió a imponer como último grito en la distorsión de la realidad, el Contrato de Prestación de Servicios como prenda fascinante y seductora para ocultar todo tipo de imperfección, o mejor, de relación laboral, siendo esta la manera más cruel de dejar  en el rincón del olvido al Contrato a Término Indefinido, ese contrato que a hoy,  principalmente para la juventud trabajadora, no es más que un anhelo utópico que permite soñar de vez en cuando con algún tipo de prestación social que garantice si quiera el acceso a un inmueble de 40 m2.

No hay historia dócil para el joven, el hombre, la mujer, que sin chistar realiza horas extras sin remuneración porque sabe, si logra dormir un poco, que si las exige puede despertar sin ese “contratico” que el amigo le consiguió, ni mucho menos para aquel que debe agradecer los (15) minutos que le dan para almorzar, o tampoco para la mujer trabajadora que en estado de embarazo es despedida porque es “costoso” para su jefe pagar una licencia de maternidad; mucho menos para el joven que pedalea a diario un bicicleta intentando realizar el mayor número de domicilios, tal como lo exige su jefe el algoritmo, para pagar su cena y quizá comprarse otros zapatos para desgastarlos nuevamente en la misma labor, que ni siquiera le es reconocida como trabajo; o peor aún, para la o el sindicalista que con mucha fuerza decide hacer algo por las situaciones anteriormente mencionadas y rara vez se salva de ser el blanco de ataque de sus jefes porque “les va a quebrar la empresa o porque no quiere trabajar” ¿Otro permiso sindical, Gutiérrez? O para la madre cabeza de familia que debe llevar a su hijo al médico porque enfermó ¿Otra vez su hijo enfermo, Gloria?

En el año 2019, el Gobierno de Iván Duque radicó una reforma tributaria en contravía de los trabajadores y trabajadoras mencionadas anteriormente, pues sobre ellos (nosotros) era quienes recaían los impuestos que deberían pagar quienes más tienen dinero, el agravante, es que el mundo se encontraba en una pandemia originada por la COVID – 19, crisis que desató bastante incertidumbre financiera para los más vulnerables y como en Colombia ya no había nada más que perder, que la vida, las calles evidenciaron el inconformismo de la abusiva reforma propuesta por ese gobierno, cuya repuesta fue la represión y el abusivo policial en contra de quienes cuestionaran su regresiva reforma tributaria.

Se hablaba de la imperiosa necesidad de un cambio, de un gobierno que escuchara a los sectores populares, a los jóvenes y a las personas que conocen esa Colombia profunda y olvidada incapaz de ser reconocida por un gobierno fascista y retardatario como el anterior, era una urgencia, una esperanza y un sueño y es así, como en un programa de gobierno, el actual, el de la gente, se plasman las reivindicaciones que anhelaban los trabajadores, dichas reivindicaciones comenzaron a plasmarse en las Reformas Sociales del Gobierno de Gustavo Petro, las cuales fueron construidas y discutidas  mediante el diálogo social de manera tripartita, con los trabajadores, los sindicatos y los empresarios.

La Reforma Laboral, tiene como objetivo principal, corregir las normas regresivas de pasadas reformas laborales. Dentro de su articulado se encuentra una claridad sobre el concepto de día y noche, pues la idea es que se vuelvan a pagar las horas de trabajo nocturno desde las 6:00 P.M., por primera vez se pretende formalizar laboralmente a la juventud, la cual se encuentra en una tasa de informalidad del 65% según el DANE al 2022. Para que las prestaciones sociales dejen de ser una utopía,  reconoce las labores del cuidado como trabajo, suscita la eliminación de todo tipo de violencia y acoso en el mundo del trabajo, dedica un capítulo para que se reconozca y regule el contrato de trabajo de repartidores o trabajadores de plataformas digitales, es clara en que la regla general de contratación laboral sea el Contrato a Término Indefinido, lo que permitiría el pago de prestaciones sociales, la adquisición de bienes y servicios por parte de los trabajadores, el aumento de la tasa de sindicación del país y la garantía del trabajo decente en Colombia.

Es indispensable reconocer que los trabajadores, los jóvenes, los vendedores de los barrios, los sindicatos, el Gobierno Nacional y la población trabajadora de Colombia, somos actores del presente momento histórico y que construimos estas reformas que sin duda contribuirán al cambio y que inician su proceso legislativo, cuya esperanza es que trascienda en hechos laboralmente significativos para la clase trabajadora colombiana.

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