Odebrecht y el Grupo Aval: Mujica tenía razón
Opinión

Odebrecht y el Grupo Aval: Mujica tenía razón

El acuerdo con EE. UU permite a Aval la sostenibilidad del negocio, castiga corrupción con indemnización, quedan impunes los beneficiarios Odebrecht en campañas 2014

Por:
agosto 13, 2023
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El expresidente uruguayo José Mujica se rio con decepción cuando le expusieron la forma como el gobierno Santos enfrentaba la corrupción descubierta en el caso de la Ruta del Sol II. “- ¡Qué barbaridad!” dijo indignado. “- ¿Es verdad? ¿Cómo que les cancelaron el contrato?” Los interlocutores lo miramos con sorpresa. Mujica aclaró enseguida: “-Ese es un castigo para la ciudadanía. El castigo para los corruptos es obligarlos a concluir las obras y a indemnizar por el daño.”

Trece años después no existe sino una vía de obstáculos, baches y trechos a medio construir. La ciudadanía sigue soñando con la autopista de doble calzada por la que iba a circular a 100 km. por hora para viajar de la costa a la capital en diez horas en vez de veinte. Mujica tenía razón.

A la empresa conjunta o joint venture Odebrecht-Corficolombiana le cancelaron el contrato para construir el tramo II de la doble calzada de 565 kilómetros por un valor de USD$ 1.350 millones. Ya habían construido un porcentaje que se les debía reconocer. El caso se convirtió en unos pleitos interminables con condenas que se revocan o se ajustan y de laudos arbitrales que se cuestionan ante los jueces.

Hasta la semana pasada cuando surgió un nuevo episodio que debería, obligaría, a revisar el tratamiento de la corrupción en el país: las autoridades de Estados Unidos aceptaron la sanción (o autosanción si se quiere) propuesta por Corficolombiana y el Grupo Aval para cesar las investigaciones en su contra. La SEC consideró que era “apropiado imponer las sanciones acordadas en la Oferta de los Demandados” y les ordenó que “cesen y desistan de cometer o causar cualquier violación y cualquier violación futura…” a la Ley de Valores.

La “implicación” de Corficolombiana “en la trama” se subsana en Estados Unidos al pagar las indemnizaciones por el lucro indebido; al asumir el compromiso de no volver a incurrir en esas prácticas y al tomar medidas de control para evitarlas. La indemnización consiste en pagar USD 80 millones ($ 320.000 millones de pesos) al tesoro norteamericano.

El comunicado oficial del DOJ precisa que “Corficolombiana pagará una sanción penal de 40,6 millones de dólares. El Departamento de Justicia ha acordado acreditar hasta la mitad de esa sanción penal contra el dinero que la empresa y su filial, Estudios y Proyectos del Sol S.A.S. (Episol), pagaron a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia, por violaciones de las leyes colombianas relacionadas con la misma conducta, siempre y cuando la empresa y Episol retiren sus apelaciones de la resolución de la SIC. Además, Corficolombiana pagará más de 40 millones de dólares en concepto de restitución e intereses de mora como parte de la resolución de la investigación paralela de la SEC. Corficolombiana también acordó firmar un acuerdo de enjuiciamiento diferido con el Departamento de Justicia de EE. UU. y pagar más de 20 millones de dólares para resolver los cargos penales.”


Sin duda la estrategia de eliminar el riesgo de continuar las acciones penales, civiles y administrativas fue exitosa


Ese valor para salvar a nivel internacional negocio y reputación no incluye los millones de dólares en pagos a los bufetes de abogados, en relaciones públicas y lobby para convencer a las dos entidades de aceptar el acuerdo en los términos que lo hicieron viable. Sin duda la estrategia de eliminar el riesgo de continuar las acciones penales, civiles y administrativas fue exitosa. La continuidad del negocio, la reputación de los socios y la confianza del público en sus bancos podría desaparecer con una sanción, como ocurrió con Odebrecht que lideró la operación corrupta.

Tanto la SEC como el DOJ reconocen la cooperación del Grupo Aval que les demostró la voluntad de subsanar el error. “Para decidir si aceptaba la oferta, la Comisión [SEC] tuvo en cuenta las medidas correctivas adoptadas rápidamente por los demandados y la cooperación prestada al personal de la Comisión. La cooperación de los Demandados incluyó resumir y proporcionar voluntariamente los hechos desarrollados durante su propia investigación interna y presentar y traducir ciertos documentos. Las medidas correctivas de los Demandados incluyeron la realización de una evaluación exhaustiva de los riesgos; la reevaluación y el rediseño de su programa de cumplimiento anticorrupción; la mejora de las políticas y los procedimientos; y la mejora de los controles internos, incluidos los relacionados con las entidades e inversiones en empresas conjuntas”. (Numeral 25)

Los accionistas lograron que el DOJ y la SEC aceptaran que se responsabilizara al expresidente de Corficolombiana “en un contexto de falta de controles contables internos y de libros y registros que ocultaban los sobornos como gastos empresariales legítimos”. Por supuesto que uno de los directivos de la mayor confianza de Luis Carlos Sarmiento lograra engañarlo a él, a su hijo que presidía la Junta Directiva y a los otros prestigiosos miembros de junta, fue creíble para los investigadores.


Que uno de los directivos de la mayor confianza de Luis Carlos Sarmiento lograra engañarlo a él, a su hijo que presidía la Junta Directiva y a los otros prestigiosos miembros de junta, fue creíble para los investigadores


El acuerdo explica que Corficolombiana a través del presidente “…mantuvo influencia sobre las operaciones financieras y contables de la Empresa Conjunta RDS 2, incluyendo el nombramiento y designación de empleados responsables de monitorear y aprobar obligaciones de terceros en la Empresa Conjunta RDS 2 (tales como el contralor responsable de monitorear el marco de cumplimiento y el administrador del contrato con autoridad de aprobación conjunta sobre obligaciones de terceros).”

Del texto mismo del acuerdo es interesante que en ningún momento se nombra a Odebrecht. Se habla de una “empresa constructora brasilera” como si al mencionarla quedaran asociadas para siempre las dos marcas, cuando una se salvó y la otra se hundió. También incluye un resumen elocuente que vale la pena conocer. “En 2013, un alto ejecutivo de la constructora brasileña en Colombia ("Ejecutivo brasileño") acordó pagar a dos intermediarios individuales una comisión de éxito a cambio de la aprobación y aceleración de la Ampliación Ocaña-Gamarra. El ejecutivo brasileño sabía que una parte de la comisión de éxito pagada a los intermediarios se pagaría a funcionarios del gobierno colombiano como soborno.” (Numeral 9 decisión de la SEC)

“Poco después, el ejecutivo brasileño le contó al ejecutivo de Corficolombiana sobre el esquema de soborno para obtener la Extensión Ocaña-Gamarra. El Ejecutivo de Corficolombiana estuvo de acuerdo con el esquema de sobornos y autorizó los pagos de sobornos a intermediarios a través de la Joint Venture RDS 2 utilizando su influencia sobre las operaciones financieras y contables de la Joint Venture RDS 2.” (Numeral 10)

“El 14 de marzo de 2014, funcionarios del gobierno colombiano firmaron la Ampliación Ocaña-Gamarra como una adenda contractual al contrato del proyecto de la autopista RDS 2. En ese momento, la adenda de la Ampliación Ocaña-Gamarra pretendía crear al menos 350 millones de dólares en ingresos adicionales y añadía nuevas obligaciones de financiación para el proyecto de la autopista RDS 2. Como resultado del esquema de sobornos, el gobierno colombiano aprobó la Ampliación Ocaña-Gamarra sin un nuevo proceso de licitación pública.” (Numeral 11)

Y este aparte recuerda las campañas de Zuluaga y Santos de 2014. “Después del 14 de marzo de 2014, funcionarios del gobierno colombiano revisaron las nuevas obligaciones de financiación para la adenda de la Extensión Ocaña-Gamarra, crítica para la Empresa Conjunta RDS 2. En mayo de 2014, antes de que los funcionarios del gobierno colombiano aprobaran las nuevas obligaciones de financiación para la Ampliación Ocaña-Gamarra, el Ejecutivo brasileño acordó pagar sobornos adicionales a funcionarios del gobierno colombiano en forma de contribuciones ilícitas de campaña.” (Numeral 12)

Ya bajo la segunda administración Santos, en “…octubre de 2014, el Gobierno colombiano aprobó nuevas obligaciones de financiación para la adenda de la Ampliación Ocaña-Gamarra al contrato RDS 2 que eran más favorables para la empresa concesionaria RDS 2. El Ejecutivo brasileño, junto con el Ejecutivo de Corficolombiana, pretendían influir, e influyeron, en la aprobación y aceleración de la Ampliación Ocaña-Gamarra, entre otras cosas, haciendo que se pagaran sobornos para que la adenda se incluyera en el contrato RDS 2 sin un proceso de licitación pública.” (Numeral 14)

“El Ejecutivo de Corficolombiana hizo que la Joint Venture RDS 2 pagara aproximadamente 28 millones de dólares en sobornos a funcionarios del gobierno colombiano entre 2014 y 2016 por la Ampliación Ocaña-Gamarra. Específicamente, la empresa constructora brasileña pagó aproximadamente 4 millones de dólares en 2014; la empresa concesionaria RDS 2 pagó aproximadamente 13,2 millones de dólares de 2014 a 2016 (aproximadamente 2,7 millones de dólares a través de un banco corresponsal ubicado en Estados Unidos), y la empresa constructora RDS 2 pagó aproximadamente 10,9 millones de dólares de 2014 a 2016.” (Numeral 15)

“La constructora brasileña, el ejecutivo brasileño y el ejecutivo de Corficolombiana utilizaron contratos sin trabajo y facturas falsas para pagar sobornos de la Empresa Conjunta RDS 2 a funcionarios del gobierno colombiano, reembolsando o pagando directamente a intermediarios. Estos contratos y facturas implicaban trabajos que la empresa constructora RDS 2 gestionaba internamente o eran ficticios, pero se registraban como gastos comerciales legítimos en los libros y registros de la Empresa Conjunta RDS 2. Grupo Aval reportó estos gastos en los estados financieros que presentó a la Comisión. Como resultado, Corficolombiana, a través del Ejecutivo de Corficolombiana, su subsidiaria, y la Empresa Conjunta RDS 2, hicieron que el Grupo Aval registrara inexactamente los pagos en sus libros y registros.” (Numeral 16)

“El esquema de sobornos proporcionó a Corficolombiana y a otras filiales del Grupo Aval un beneficio financiero indebido en forma de comisiones, ingresos por intereses y distribuciones de inversiones5 por un total aproximado de 32 millones de dólares. Estos beneficios ilícitos se consolidaron en los estados financieros de Grupo Aval y se acumularon a Grupo Aval hasta 2020.” (Numeral 18)

La razón para aceptar el acuerdo es que en “virtud del artículo 21C(a) de la Exchange Act, la Comisión puede imponer una orden de cese y desistimiento a cualquier persona que esté infringiendo, haya infringido o esté a punto de infringir cualquier disposición de la Exchange Act o cualquier norma o reglamento de la misma, y a cualquier otra persona que sea, haya sido o pudiera ser la causa de la infracción, debido a una acción u omisión que la persona supiera o debiera haber sabido que contribuiría a dicha infracción.” (Numeral 19)

“Como se describió anteriormente, la Empresa Conjunta RDS 2 utilizó contratos sin trabajo y facturas falsas para pagar sobornos a funcionarios del gobierno colombiano. Estos pagos se registraron como gastos comerciales legítimos en los libros y registros de la Empresa Conjunta RDS 2 y de Corficolombiana, y se reportaron en los estados financieros del Grupo Aval. Además, el ejecutivo de Corficolombiana firmó varias sub-certificaciones en relación con los informes financieros del Grupo Aval que declaraban falsamente que no tenía conocimiento de actos ilegales. Como resultado, Corficolombiana causó violaciones de, y Grupo Aval violó, la Sección 13(b)(2)(A) de la Ley de Intercambio, que requiere que las compañías que reportan hagan y mantengan libros, registros y cuentas que, en detalle razonable, reflejen exacta y justamente sus transacciones y disposiciones de sus activos.” (Numeral 21)

El acuerdo es un gran logro para el Grupo Aval pues establece una verdad jurídica que permite la sostenibilidad del negocio. En cierta medida corresponde a la mitad de los que Mujica propone para castigar la corrupción: indemnizar. La otra mitad, concluir las obras faltó. La conducta ilegal del presidente de Corficolombiana recibe una sanción penal con la condena que recibió Melo. Los accionistas por su parte pagan una indemnización económica por carecer de los controles adecuados para evitar la corrupción. Los beneficios que obtuvo Corficolombiana derivados de la acción ilegal los debe devolver. Solo quedan impunes los beneficiarios de los dineros que pagó  la innombrable  Odebrecht a las campañas presidenciales de 2014.

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