En esta Columna Dominical no expongo un análisis detallado ni especializado de la fallida Reforma Tributaria o Ley de Financiamiento, ni de su posterior y polémica “continuación” mediante el Decreto 1390 de 2025, que declaró la Emergencia Económica y Social.
Me concentro, más bien, en su preocupante impacto sobre la división de poderes —o, si se quiere, sobre los frenos y contrapesos de nuestra institucionalidad—, luego de que el legítimo rechazo del Legislativo a la reforma fuera seguido por la declaratoria de emergencia por parte del presidente Gustavo Petro, decisión que fue suspendida provisionalmente la semana pasada por la Corte Constitucional.
El martes se adelantó un debate de control político en la plenaria del Senado. El citante, el senador de Cambio Radical Carlos Fernando Motoa, sostuvo que la facultad presidencial de declarar una “Emergencia Económica, Social y Ecológica” —establecida en el artículo 215 de la Constitución Política— está prevista para conjurar crisis excepcionales y no para reemplazar la deliberación democrática del Congreso.
En el mismo debate, el senador José Vicente Carreño afirmó que el Ejecutivo cuestiona al Congreso cuando este, en ejercicio de su autonomía, decide no aprobar sus iniciativas, y advirtió sobre los riesgos institucionales de esa tensión.
Uno de los argumentos expuestos por sectores de oposición es que varios ministerios presentan bajos niveles de ejecución presupuestal. Según lo señalado en el debate, carteras como Interior y Transporte tendrían ejecuciones cercanas al 60 %, y la ejecución general del Gobierno presentaría rezagos significativos frente a años anteriores. El senador conservador Efraín Cepeda indicó que esta sería una de las ejecuciones más bajas en las últimas dos décadas, lo que, a su juicio, debilita la justificación de la emergencia.
Asimismo, se cuestionó la necesidad de recursos adicionales —cifras que en el debate se situaron alrededor de 12 billones de pesos, más 4 billones adicionales en caso de extender la emergencia—, así como la naturaleza sobreviniente de los hechos que motivaron la declaratoria. La senadora Paola Holguín sostuvo que aspectos como el orden público, la nivelación de la UPC y los subsidios energéticos eran previsibles y no necesariamente extraordinarios.
Desde otra perspectiva, el senador Guido Echeverry manifestó preocupación por el posible impacto de las medidas en las rentas territoriales, señalando que podrían afectar la descentralización administrativa y la autonomía financiera consagradas en la Constitución de 1991. En el debate se mencionó que impuestos como el IVA a las apuestas en línea y gravámenes sobre licoreras departamentales tendrían efectos sobre ingresos locales.
Por su parte, la senadora Angélica Lozano cuestionó los argumentos del Gobierno respecto a la disponibilidad de crédito y mencionó operaciones de endeudamiento realizadas en diciembre por cerca de 23 billones de pesos, planteando interrogantes sobre su trámite y efectos fiscales futuros.
El Gobierno Nacional ha defendido la legalidad de la declaratoria y ha atribuido las críticas a posiciones políticas de la oposición. A su vez, ha expresado desacuerdo con la decisión de la Corte Constitucional de suspender provisionalmente la emergencia, decisión que será objeto de estudio de fondo.
El debate de fondo no es únicamente fiscal, sino institucional: hasta dónde puede llegar el Ejecutivo en el uso de facultades excepcionales sin afectar el equilibrio de poderes.
El planteamiento central de esta columna es que el uso reiterado de estados de excepción para tramitar reformas estructurales puede generar tensiones con el principio de separación de poderes. Para algunos analistas, este tipo de decisiones exige el máximo rigor constitucional, precisamente para evitar que el Ejecutivo sustituya la función legislativa del Congreso.
Más allá de las posturas políticas, el punto crucial es preservar los contrapesos democráticos. La Constitución prevé mecanismos extraordinarios para momentos excepcionales, pero su utilización debe ser proporcional, temporal y estrictamente justificada. De lo contrario, se debilita la arquitectura institucional diseñada para evitar concentraciones indebidas de poder.
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