Lo primero y más evidente es que no es una amenaza, en el sentido genérico de representar un peligro de una persona para otra como se entiende en el campo penal
No puede haber restricción alguna a la libertad de expresión, pero la Corte tiene razón: “la actividad periodística (…) no implica, per se, arrasar con derechos individuales versus la intimidad y el honor”. Ejemplos varios