Joven tuitero enfrenta proceso penal por comparar a Francia Márquez con un simio

El caso de Armando Angulo reabre el debate sobre libertad de expresión, delitos de odio y el riesgo de que la crítica política termine judicializada

Por: Brandon Stiven Royero Cadena
diciembre 30, 2025
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Joven tuitero enfrenta proceso penal por comparar a Francia Márquez con un simio

Armando Luis Angulo Paternina, conocido en redes sociales como Armando Capito, se ha convertido en una figura visible dentro del debate sobre libertades individuales en Colombia. Para algunos, representa una de las expresiones más claras del pensamiento libertario en el país, una afirmación que puede generar controversia, especialmente frente a referentes políticos como Miguel Polo Polo o Paloma Valencia. La diferencia, señalan sus defensores, radica en que Angulo enfrenta un proceso penal por sostener sus posiciones sin retractarse.

El joven es investigado por el presunto delito de “actos de discriminación” (artículo 134A del Código Penal), a raíz de una publicación en redes sociales en la que comparaba a la vicepresidenta de la República con la figura de un primate. El caso ha abierto un debate jurídico y político sobre los límites de la libertad de expresión, el alcance de los delitos de odio y el papel del Estado frente a manifestaciones ofensivas en el espacio digital.

Surgen entonces preguntas legítimas: ¿quién define los límites de la libertad de expresión cuando estos no están claramente delimitados en la ley? ¿Las palabras son punibles por sí mismas o por la intención que se les atribuye? ¿Cómo se prueba esa intención? ¿Por qué el insulto entre ciudadanos suele quedar en el terreno de lo cotidiano, mientras que una ofensa dirigida a un funcionario público puede derivar en un proceso penal?

Uno de los puntos centrales del debate es si comparar a una persona afrodescendiente con un primate constituye, de manera automática, un acto de racismo. Para algunos analistas, asumir que esa comparación solo puede interpretarse desde el color de piel puede reproducir, paradójicamente, una lógica racializante, cuando también puede entenderse —aunque resulte ofensiva— como una descalificación política o intelectual aplicable a cualquier individuo, independientemente de su origen étnico.

El caso de Angulo ha despertado inquietudes adicionales sobre el uso del aparato judicial. Se cuestiona, por ejemplo, el origen de la investigación y si esta se inició de oficio, así como el alcance de la protección penal frente a críticas dirigidas a altos funcionarios del Estado. Estas dudas han alimentado la percepción de que ciertas figuras públicas podrían gozar de un umbral de protección superior frente a la crítica, lo que plantea interrogantes sobre la igualdad ante la ley.

También genera preocupación la versión del propio Angulo sobre un presunto episodio de intimidación por parte de miembros de la fuerza pública, quienes lo habrían retenido durante varias horas. De confirmarse, se trataría de un hecho grave que debería ser esclarecido por las autoridades competentes, dada la sensibilidad histórica de la persecución por motivos políticos en Colombia.

El debate no se limita a este caso particular. La aplicación del artículo 134A del Código Penal plantea un desafío más amplio: cómo proteger legítimamente a grupos históricamente discriminados sin convertir la norma en un instrumento que inhiba la crítica política, la sátira o la expresión incómoda. Si ciertas expresiones se judicializan de forma selectiva, el riesgo es generar un efecto disuasivo sobre el debate público.

Hoy el caso involucra a Armando Angulo. Mañana podría afectar a cualquier ciudadano que utilice el humor, la caricatura o la crítica dura en redes sociales. Mientras persistan ambigüedades en la aplicación de los delitos de discriminación y no exista una línea clara entre la protección de la dignidad y la censura, la libertad de expresión seguirá siendo un terreno frágil para todos, sin distinción de ideología política.

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