El sistema penal acusatorio en Colombia, más defectos que virtudes

El sistema penal acusatorio en Colombia, más defectos que virtudes

Por: Elmer José Montaña Gallego
enero 26, 2015
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El sistema penal acusatorio en Colombia, más defectos que virtudes

Este año el sistema penal acusatorio cumple una década de haber sido puesto en práctica en Colombia. Sus defensores afirman que fue introducido al país con el fin de mejorar la justicia penal y como una garantía de los derechos fundamentales de las personas. La verdad sea dicha, se trató de una imposición del gobierno norteamericano, a la que tuvo que acceder el presidente Andrés Pastrana a cambio de los últimos desembolsos del Plan Colombia, como parte de la estrategia gringa de homogenizar los sistemas de justicia latinoamericanos en busca de hacer más efectiva la persecución de los delitos que afectan los intereses del país del norte.

Muy rápidamente el entonces Fiscal General de la Nación, Luis Camilo Osorio, conformó la comisión redactora del código que se trasladó a Puerto Rico y, a la colombiana, fusiló el Código Penal de ese país, con algunas modificaciones. Esto explica las dificultades de comprensión y puesta en práctica del sistema, en lo que respecta a los principios que lo rigen y los objetivos que persigue.(Paradójicamente un peso pesado de ese grupo de copiones es ahora uno de los más duros críticos de la fiscalía.)

Cuando plagiamos el sistema boricua,  olvidamos que el proceso penal mixto, del que tanto se avergüenzan los puristas del derecho penal,  ofrecía algunas garantías que hoy añoramos. La más  importante era la posibilidad que tenía toda persona vinculada formalmente a una investigación de conocer las pruebas recaudadas durante la investigación.  Esto permitía ejercer el derecho de defensa de manera oportuna, en tiempo real. Ahora los fiscales tienen la facultad de ocultar al imputado los elementos materiales de prueba hasta la audiencia de acusación.El tiempo entre la imputación y la acusación, que puede ser de 90 o 180  días, es aprovechado por la fiscalía para perfeccionar la investigación, mientras tanto la defensa da palos de ciego tratando de adivinar que esconde la fiscalía.

La potestad que tiene la fiscalía de ocultar las pruebas antes de la acusación abrió un boquete enorme a la corrupción y a las malas prácticas judiciales. De otra parte, el secreto probatorio  solo rige para el imputado y su defensa y no para los medios de comunicación. En la hora actual quienes son citados a interrogatorio o imputados de algún delito tienen que consultar la prensa para conocer las pruebas de cargo y asumir su primera defensa  ante los periodistas, algunos de los cuales convierten en jueces y verdugos para deleite de la audiencia.

En el  sistema mixto el estado tenía la obligación de recaudar las pruebas favorables y desfavorables para el sindicado. Ahora, la fiscalía tiene un rol marcadamente acusatorio, por lo tanto le corresponde a la defensa recaudarlos elementos materiales de prueba que pretenda hacer valar ente los jueces. Si carece de dinero para pagar buenos abogados e investigadores, como le ocurre a la mayoría de los implicados, debe acudir a la Defensoría del Pueblo, cuyos funcionarios, además de saturados de trabajo, no cuentan con el tiempo necesario y los recursos para enfrentar a la fiscalía, por esa razón muchos defensores escogen el camino expedito de aconsejar al reo que acepte cargos, en lugar de dar la pelea ante los jueces.

En el sistema mixto el fiscal era el gerente de la investigación, participaba activamente de las pruebas recaudadas, estaba presente en los allanamientos, levantamientos o inspecciones a cadáveres, etc. Ahora estas labores de investigación quedaron en manos de Policía Judicial. Debido a la corrupción que desde tiempos inmemorables ha permeado a los órganos de policía, han surgido verdaderas mafias de investigadores que se ofrecen al mejor postor para alterar escenas, esconder o desaparecer evidencias, alterar informes, etc.  Esto explica que algunos avezados litigantes ganen los casos en las inspecciones de policía.

Sumado a estas graves imperfecciones del sistema hay que contar que cada vez que  un juez de la república  deja en libertad a una persona que ha sido presentada ante los medios como un peligroso delincuente la fiscalía amenaza  al funcionariocon investigaciones penales. Por esa razón muchos jueces timoratos prefieren dejar un inocente en la cárcel antes que provocar la  ira de la santa inquisición.

Al cabo de dos lustros, con el perdón de losdefensores a ultranza del sistema penal acusatorio, resulta inaplazable hacer una  revisión de este modelo de justicia, con el propósito ajustarlo, en la medida de lo posible, a un derecho penal verdaderamente democrático que privilegie el respeto de la dignidad humana y la libertad de las personas. Desde luego que el problema no es únicamente normativo. Los ajustes legales deben venir acompañados de la erradicación de la justicia espectáculo, que persigue al delincuente y el delito de moda, así como la perversa utilización de la acción penal en contra de inocentes por razones políticas o ideológicas, como viene ocurriendo en algunos casos. Pero sobre todo, tienen que ser expulsados de la fiscalía los malos funcionarios, aquellos que incurren en prácticas corruptas que van desde recibir dinero hasta utilizar falsos testigos dentro de los procesos penales. La copia nos quedó mal hecha, es preciso mejorarla, aunque cueste pensar por nosotros mismos.

*Director Ejecutivo Fundación Defensa De Inocentes

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